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can los venerables nombres de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo

y

Espíritu Santo, numera el Bautismo

y

la Confesion de los

pecados :

In his autem ritibus est Baptisma et peccat01·um Con·

fessio

(t):

El señor De Sanctis tambien,

ó

por ignorancia

ó

por estudiada

advertencia, ha tratado de ocultar á sus lectores esos luminosos pa..

sajes de los d,os santos hermanos, Gregorio Nacianceno y Gregorio

Niceno, como los de varios Doctores, que hemos citado,

y

otros mas

que podrían citarse. Sabia muy bien que'la doctrina de unos hom..

bres tan respetables por sus taléntos

y

su santidad, unida con las

decisiones de los Padres de los Concilios Eliberitano, Niceno, Sardi–

ceno y Cartaginense de este mismo siglo

IV

(2), tambien ignoradas

ú

olvidadas por él mismo, eran el eco de la doctrina tradicional so–

bre la confesion aurkular al Sacerdote, qué brotára de los divinos

labios del Salvador del mundo

y

que predicaron sus Apostoles,

capaz de desvanecer de un soplo la niebla con que el protestantismo

ha procurado rodear este dogma catolico;

y

nada era mas conve–

niente que prevenirle con ocultarla. Sabia en fin, que la suposicion

heretica,

ens~yada

por él mismo, de cierta adulteracion de las

verdades evangelicas casi en sus mismas fuentes cristalinas, era

un ardid no menos injurioso

á

su divino Autor que babia pro–

metido su integra

y

perpetua conservacion mediante su asistencia

y proteccion á la Iglesia, que á la sabiduría

y

la santidad de

>>

SIONEl\1

(alias enuntiationem)

PECCATUl\1 SUUM SACERDOTI APERUERIT,

vitii

11

studio in contrarium mutato regritudinem curabit: dico autem, 1argiendo, qure

" habet, pauperibus.

»

S. Greg. Nicen.

Epist. canonica.

can. 6.

Patrol. grrec.,

tom,

2~,

col.

80~.

-

(1) Idem,

Cont'ra Eunom.,

lib. H.

Ibid.,

col H34. -

(2) El

canon del Concilio Laodicense del siglo

IV

es este : (( Eos qui diversis delictis pec–

>1

cant, et in orat'ione Confessioneque, et Pcenitentia fortiter perseverant, et se

a

11

malis perfecte convertunt, tempore

Pcenitenti~

eis pro delicti proportione

»

dato (seu impenso), propter Dei miserationem et bonitatem aufferri communiúne

1

sancit. »Can. 2. Ap. LabLé,

Concil.,

tom. I, col. 153-i et 1043, edit. Coleti. En

el canon 32 del Concilio Eliberitano se dice que. la penitencia

ó

confesion se debe

hacer

apud

Episcopun~

vel apud presbyte?"u?n.

Hemos ya citado los canones de los

otros dos Concilios,