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teros de la Iglesia,
con tal que con un corazon perfecto procuren
»
detestarlos
y
enmendarse, se les perdonarán. Puesto que
s!n la
>>
confesion
y
la enmíenda los pecados .no pueden ser perdonados.
»
Por lo que con razon añade este Apostol :
Confesad pues vestros
»
pecados uno
á
otro,
etc. (1).
»
En los siglos subsecuentes los
Doctores y Padres mas célebres, como el B. Alcuino, Teodulfo
Aurelianense, Hugo de S. Victor, San Bernardo, San Buenaven–
tura, Alejandro de Alés, Santo Tomas y otros, como·interpretes
sinceros de ese texto y fieles organos de la tradicion apostolica sobre
su legitimo sentido, lo citaron para probar la promulgacion y el
precepto divino del sacramento de la Confesion (2).
Con el precitado texto Santiago reveló todos los elementos cons–
tituyentes y la economía del santo sacramento de la Penitencia. 1
o
La
institucion divina
de este rito exterior se expresa ya por atribuir· á
los Presbíteros la potestad de perdonar los pecados
á
los penitentes
que se
los confiesan,
ya por la colacion de la gracia remisiva y san–
tificante, que se le atribuye, cosas todas divinas y evangelicas.
2o
Su
mateda
remota y proxima,
la confesion de los zJecados,
que por ser
espontánea
y
humilde no puede dejar de ir acompañada del arre–
pentimiento, el proposito y la satisfaccion, que obtiene
la oracion
constante hasta merecer la salvacion.
3o
La alusion
á
la
forma
de la
absolueion de los pecados -
remittentur eis.
ft.o
La
confesion
del
penitente, no
á
solo Dios ni al seglar, sino al ministro,
al Presbítero;
no pública, sino
secreta, uno
á
otro. D
0
Sus efectos,
remitir los pe–
cados y santificar al pecador. 6° El
precepto divino
de recibirlo, la
(i)
«
Si ergo infirmi in peccatis sint, et hrec Presbyteris Ecclesire confessi
fue~
rint, ac perfecto corde ea relinquere atque emendare satagerint, dimittentur eis.
Neque enim
SINE CONFESSIONE
emendationis peccata queunt dimitti. Unde recte
suhjungitur:
Confitemini ergo alterut1·um peccata vestra,
de .
,,
Ven. Beda
p1·es:..
byt. Opp.
part. 2, sect.
1.;
Exegetica genuina -in Ep. B. Jac., Patrol.,
tom. XCIII;
col. 39. -
(2) B. Alcuin.,
Ep.
26, alias
HO. -
Theodulph. Episc. Aurel.,
Capitulare.
Ap. Labbe, tom. IX, col. 497, edit. Coleti. - Hugo
a
S. Vict., lib. II,
De Sacmm.,
part.
:14,
c.
1.-
S. Bernard., lib.
de Medit.,
c.
IX.-
S. Bonav.,in
4, ·
dist. i7, art. 1, q. 3.-:--Alex. Alensis,
Ibídem.-
S. Thom.,
in Suppl.,
q. 8 art. 2.