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130-

l>

teros de la Iglesia,

con tal que con un corazon perfecto procuren

»

detestarlos

y

enmendarse, se les perdonarán. Puesto que

s!n la

>>

confesion

y

la enmíenda los pecados .no pueden ser perdonados.

»

Por lo que con razon añade este Apostol :

Confesad pues vestros

»

pecados uno

á

otro,

etc. (1).

»

En los siglos subsecuentes los

Doctores y Padres mas célebres, como el B. Alcuino, Teodulfo

Aurelianense, Hugo de S. Victor, San Bernardo, San Buenaven–

tura, Alejandro de Alés, Santo Tomas y otros, como·interpretes

sinceros de ese texto y fieles organos de la tradicion apostolica sobre

su legitimo sentido, lo citaron para probar la promulgacion y el

precepto divino del sacramento de la Confesion (2).

Con el precitado texto Santiago reveló todos los elementos cons–

tituyentes y la economía del santo sacramento de la Penitencia. 1

o

La

institucion divina

de este rito exterior se expresa ya por atribuir· á

los Presbíteros la potestad de perdonar los pecados

á

los penitentes

que se

los confiesan,

ya por la colacion de la gracia remisiva y san–

tificante, que se le atribuye, cosas todas divinas y evangelicas.

2o

Su

mateda

remota y proxima,

la confesion de los zJecados,

que por ser

espontánea

y

humilde no puede dejar de ir acompañada del arre–

pentimiento, el proposito y la satisfaccion, que obtiene

la oracion

constante hasta merecer la salvacion.

3o

La alusion

á

la

forma

de la

absolueion de los pecados -

remittentur eis.

ft.o

La

confesion

del

penitente, no

á

solo Dios ni al seglar, sino al ministro,

al Presbítero;

no pública, sino

secreta, uno

á

otro. D

0

Sus efectos,

remitir los pe–

cados y santificar al pecador. 6° El

precepto divino

de recibirlo, la

(i)

«

Si ergo infirmi in peccatis sint, et hrec Presbyteris Ecclesire confessi

fue~

rint, ac perfecto corde ea relinquere atque emendare satagerint, dimittentur eis.

Neque enim

SINE CONFESSIONE

emendationis peccata queunt dimitti. Unde recte

suhjungitur:

Confitemini ergo alterut1·um peccata vestra,

de .

,,

Ven. Beda

p1·es:..

byt. Opp.

part. 2, sect.

1.;

Exegetica genuina -in Ep. B. Jac., Patrol.,

tom. XCIII;

col. 39. -

(2) B. Alcuin.,

Ep.

26, alias

HO. -

Theodulph. Episc. Aurel.,

Capitulare.

Ap. Labbe, tom. IX, col. 497, edit. Coleti. - Hugo

a

S. Vict., lib. II,

De Sacmm.,

part.

:14,

c.

1.-

S. Bernard., lib.

de Medit.,

c.

IX.-

S. Bonav.,in

4, ·

dist. i7, art. 1, q. 3.-:--Alex. Alensis,

Ibídem.-

S. Thom.,

in Suppl.,

q. 8 art. 2.