EDICTOS.
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nuestro Edicto de trages,
y
comtmicado á las Preladas de
todos los Monasterios,
y
de esta suerte podrán assistir en
el Coro alto, Locutorio, ó
P.orteri:~.,
y
ser mantenidas en la
Clausura,
y
por respeto de ellas deberan assi mismo Con–
fessar,
y
Comulgar vna vez cada mes,
y
faltando á qual–
quiera de estos preceptos, serán expelidas de la Clausura,
como tan pe1:judiciales al E stado Religioso.
Cada Religiosa podrá tener dos criadas, precediendo
par a ello informe tle su edad,
y
buenas costumbres por
V.
R.
y
Religiosa, que las pidiesse, con advertencia, que te–
niendo dos, ha de servir la vna en los Oficios de la Comu–
nidad, quando las Religiosas, que sirven dichos Oficios, la
pidiessen;
y
que lasSeglarastengruu vna sola criada, para
que en la misma forma la sirva,
y
<L
la Comunidad.
P ara moderar la libertad de las salidas de las criadas,
de que assi en ellas, como en la.s Religiosas,
y
Seglaras re–
sultan en lo E spiritual graves inconvenientes; Ordenamos
á
V .
R. nómbre las que por su edad,
y
buenas costumbres
pareciere, deban salir, sobre que le encargamos la concien–
cia, procurando, buelva.n,
y
estén en la Clausura despues
del toque de las Ave Marias;
y
executada di cha nomina,
que debemos confirmar , á las denuí.s criadas no se les per–
mita salü·;
y
en enfermando, ó muriendose alguna de las
señaladas, nombrará otra de las sobre dichas circunstan–
cias; Y para que todo lo Ordenado se entienda,
y
venga
á
noticia de
V .
R. Religiosas, Seglaras,
y
demás personas de
esse Monasterio, encargamos á
V.
R , las junte,
y
congre–
gue, para que se lea este nuestro Decreto,
y
las cxorte, á
que seriamente se apliquen, como assi lo esperamos. á darle
entero,
y
perfecto cumplimiento por la obligacion de sus
Votos, dandonos quenta de haverlo hecho notorio, pues de
esta suerte nos servirá de mucho consuelo,
y
satisfaccion
correspondiente á nuestras intenciones; nos esettsarán, de
que lo solicitemos, por otras Providencias, que nos sean
indispensables antes, ó en la practica de dicha Visita;
y
lo–
grarán el fin , con que se retiraron del Siglo.-Que es fecho
en Lima en primero de' Julio de mil setecientos cinquenta
y
dos años.
PEDRO ANTONIO-ARZOBISPO DE
LIMA.
Por mandado de su Tilma. El Arzobispo mi Sr.
D. Joseph BaTbadillo y
F1·ias,-Secretario
Es
Copin de su original.
Don Cayetano de
Sm·ia,-Not ario :Mayor.