26
EDICTOS.
+
EDICTO DE 15. DE SEPTIEMBRE DE 1751.
*
Nos cl1lll. 1lll.
l~cllro ~ntonio
be Bnrroetnn 'Angel,
~c.
I
OR quanto, en Cumplimiento de Jiu<;:stro Apostolico
Ministerio, hemos hecho publicar los Jubileos,
é
In–
dulgencias, que constan por el Edicto, que
1Í
este
efecto mandamos fixar, vara que tedos nuestros subclitos
gozen de las gracia;; en ellos concedidas, especialmente de
las que se alcanzan por medio del Jubileo, que se ha ele
ganar en el proximo inmediato mes ele Octubre, que por
par ticular Concession ele Nro. Smo. P. BeneQ.icto XIV,
(que Dios p1:ospere) contiene en sí todos los Thesoros Es–
pirituales, que se erogan en el Jubileo del año Santo; con–
siderando. que
á
más de las disposiciones interiores, con
que se deben preparar nuestros muy amados Fieles, para
alcanzar semejantes Gr acias, é Indulgencias. se uecessita
tambieu ele la modestia, compostura, y decencia exterior
en los trages de todas las personas de ambos sexos, calida–
des, y estados, pues aunque el havito externo no constituya
essencialmente Religiosidad, pero es una muestra de Chris–
tiana, y ¡riaclosa compuncion , y que quanclo, los que ha in–
troducido la Vanidad, y aun la malicia, no tubieran en toda
su mayor exteusion las malas consequencias, que pueden
resnlta.r de su estudiosa compostura, solo por la espantosa
memoria de un mes tan ominoso para esta Capital, en que
tan repetidas vezes ha experimentado en su Ruyna la po–
derosa vengadora mano del Altissimo, que, valiendose de
las causas naturales,
y
ele las proprias calidades ele Jos Cli–
mas, haze sentir su castio·o en pena de las culpas,
y
profa–
nidades, se debería en tan reciente estrago vestirse de Sa–
co,
y
silicio, y hacerse la ma.s exemplar penitencia, sino se
lmviessen echado al olvido tan brevemente todos Jos hor-
•
En que se exhorta,
y
amonesta al otro sexo
á
la mayor modemcion
y
honestidad en sus trages, principalmente qunndo van
á
las Iglesias, sobre
que se mandan observar diferentes circunst,ar'lcias;
y
otras muchas
á
los
Ecclesiast.icos en qunnto
ft
sus vestuarios, dandolcs por regla., el distinguir–
se de los Seculares en todo genero de adornos! que son improprios del
FBt~<lo.