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de mandar, y en el caso de que hablamos, la prerogati,,a
p1·obada
de una infali bilid a d que se disputa, y qpe no con,
fundiremos j a mas con la supremacía, cualesquiera que sean
l.asdoctrinas paradójicas del docto Co¡}de,
4·9.
R eglas para conocer las at.·ibucione.s p1·opias del
Pri–
mado.
Para conocer las atribuciones propia s del Primado, no
hai mas que atender a l fin porque Jesucristo lo ha insti–
tuido, Y ¿cuál es el fin porque Jesucristo instituyó el Pri–
mado? "Para evita r el cisma
y
m11ntener la unidad," fu é
instituido el Primado en expresion de San
Jerónimo-inte·r
tluodecim nnus eligitU1·, ut capite constituto, schismatis to–
llat"'· ocaasio.
Y ¿cuáles son los puntos necesarios á la
conser vacion de la unidad? Quien abra la historia, verá
que en las I glesias había variedad de ritos y .costumbres,
sin perjuicio de la ¡¡nielad; pero que nunca jamas era n li–
)J res e n punto d e doctrin a, ni e n elej ir los medios de santi–
ficacion, ó tener mayor ó menor nljmero de sacramentos; ni
en desconocer la lejitima autül'idad de los pastores, puestos
en la Iglesia por el Espíritu Santo, Cuando San Pab lo
exortaba á los E fesios,
á
que conservasen la unidad del es–
píritu en el víncu lo de la paz, y fuesen un solo cuerpo y un.
solo espírit u, les i1\dicaha los puntos, qt¡e eran como las r a–
zones poderosas para guardar concordia y mantener uni–
dafi, á saber, que todos reconocian
á
"un
tnisn1o
Señor,
profesaban una misma
fé,
y
habían recibido un mismo ba u–
tismo"-unus _f)o?nínus, una fides. unnm bctptisma.
•
50. At.·ibucioues p ,.opias del p,·imado.
A consecuencia de lo -que acabamos de decir, no puede
negarse, que es atributo propio del Primado, tomar conoci–
miento de los puntos doctrinales ó pertenecientes
á
la fé.
Pudiera la Iglesia universal desentenderse, ó no reputar
por falta, que algunos pocos d e sus obis pos no hubiesen ex–
p resado su sentencia en u na cuestion doctrinal; pero nunca
jamas ¡)odrá desentenderse d e que e l Romano Pontífice
haya g uardado silencio, y no esperar su juicio. No hai ne–
cesidad de añadir, que las causas rela tivas
á
los sacramen: