DISERTAGION 111.
DE l:A AUTORIDAD Dll LOS OBISPOS.
J.
I¡:rwldad
d~
los Obispos.
Cualquiera que fuese el rango de alg un as
~edes,
los ¡;as –
tares sentados en ellas se denominaban de la propia mane–
ra-Obispo de A lejand ría-Obispo de Antioq uía-Obisp o
de la
Iglesia de Jerusalen-Obispo de la Iglesia católica de
la ciud ad de Roma. Hablando San Jerónimo de la unidad
de la Iglesia cristiana en todas partes, pues e n tqdas se
adoraba á Cristo, y se observaba una misma regla de ver–
dad, reconocía, que "los Obispos, ya fuesen de Roma, ó de
Eugubio, ó de Constantinopla,
Ó
de Regio, ó de Alejand ría
ó de Tanes, todos eran ele ·gua! mérito
y
sacerdocio; sin que
el poder de las riquezas, y la humi ldad de la pobreza ensal–
zasen á unos ó abatiesen
á
otros." Los Concilios al dar cuen–
ta de lo hecho por ellos en negocios graves, se dirijian á
todos los obispos indistintamente, como
á
conministros su–
yos: por ejemplo, el Concilio Je Antio-quía, despues de ha–
ber condenado
á
Paulo de Samosata, escribió
á
Dionisia,
obispo de Roma,
á
Máximo, obispo de Alejamhía, y á 'to–
dos los demas. Los obispos eran considerados como
suceso~
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