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DISERTAGION 111.

DE l:A AUTORIDAD Dll LOS OBISPOS.

J.

I¡:rwldad

d~

los Obispos.

Cualquiera que fuese el rango de alg un as

~edes,

los ¡;as –

tares sentados en ellas se denominaban de la propia mane–

ra-Obispo de A lejand ría-Obispo de Antioq uía-Obisp o

de la

Iglesia de Jerusalen-Obispo de la Iglesia católica de

la ciud ad de Roma. Hablando San Jerónimo de la unidad

de la Iglesia cristiana en todas partes, pues e n tqdas se

adoraba á Cristo, y se observaba una misma regla de ver–

dad, reconocía, que "los Obispos, ya fuesen de Roma, ó de

Eugubio, ó de Constantinopla,

Ó

de Regio, ó de Alejand ría

ó de Tanes, todos eran ele ·gua! mérito

y

sacerdocio; sin que

el poder de las riquezas, y la humi ldad de la pobreza ensal–

zasen á unos ó abatiesen

á

otros." Los Concilios al dar cuen–

ta de lo hecho por ellos en negocios graves, se dirijian á

todos los obispos indistintamente, como

á

conministros su–

yos: por ejemplo, el Concilio Je Antio-quía, despues de ha–

ber condenado

á

Paulo de Samosata, escribió

á

Dionisia,

obispo de Roma,

á

Máximo, obispo de Alejamhía, y á 'to–

dos los demas. Los obispos eran considerados como

suceso~

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