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-~60-

úOÍSI:¡¡>s

gali canos,

a

prop.ósito del juicio

d e

los obispos.

IIincmaro y los suyos, si n desconoce r la autoridad de los de–

cretos pontifi cios, les negaban el ,·alor <l e'los cano nes ó leyes

,•desiásticas, mientras no se hallasen insertos en el código

canónico por competen te autoridad. A l contrario

el

Pa pa, no

pudiendo, ó no que riendo con,1preuder, que los obispos ga–

licanos no tuviesen la misma id ea que ' él, y por cierto muí

exorbitante, del pod er papal, creía

qu~

las decre tales de sus

predeceso res conservaban siemp•·e

y

en todas partes un a

lll lSma y suma virtud. Y que N icolas no d iscmriese simple–

lnente en teoría

y'

por via

de

argume nto , sino

refiriendo!!e

á

clecre tales determinadas en el punto de a pelaciones

á

la

San ta Sede, qu e era el que se ventilaba, se conoce hasta

la ·

evidencia por varios pasajes de su escrito.

'· Jo debisteis, les decía, contraponeros

á

un crecido nú–

mero de

decretales,

que ordenarl el recurso á la S illa Apos–

tolica."-conlrn

TOT ET TA!'> TA

-vos

DECRETAL!.'

ejj'erri sia-

l

uta.. .... nultomodo debuistis.

¿Cuál es eran, preguntamos

li

la Curia. las

nww:rosas

decre tal es, de c uya infmccion hacia

reos el Papa

á

los obispos galicanos, sino eran las falsas d e–

creta les de A 1iacleto, Hijinio, Aniceto, Yicto r, E leuterio,

Ceferino, Fabian,

y

muchas otras de las que in ventó I sid o–

r o? E l Papa N icolas recomendaba el mé ri to de esas decre–

tales, por cuan to " varios de sus autores habían sid o

má•·ti–

're:·:,

que co n su sangre ilustraron á la

Iglesia,'-quont'ln

ví ·

demus sanctam E eclesianz n1tt •·oseo cruore flm·idmn

~·a.

¿Cuáles y cuantos so n los Papas má•·tires, que des pues de

la paz de Constantino, dieron dec retales para salvar e l pri–

vi lejio de la Silla Apostólica en las ca nsas de los obispos?

N icolas hablaba de las d ecreta les de sus pred ecesores,

u~

fueron dictadas "én los tiempos de

7Jersecucion,

en la é poca

de los príncipes paganos, cuando las ca usas de los obispos se

remitían á la S illa Apostólica con gran

dificultad"- -etiamilla

tempora vis sanctus compreltendit, r¡u/73 crebescentibus paga–

norum perseCI!tÍonibus, ad sedem apostolicmn dqferri causas

f1piscoporum dif!icillimé permiteúaut.

N o hai necesidad de

p regun tar si los Papas Hijinio, An iceto , E leuterio, y demas

n1encionados, existieron .en

los

tiempos · de persec ncion;

porque no hai otros que en tal es tiempos hubiesen dado

decretales

á

propósito del punto controvertido. N icolas ha –

blaba de

esas

decretal es, que la Iglesia Romana había co n-