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orbe católico. Cuando nosotros hemos defendido en la Di·
sertacion anterior las facultades de los obispos, hemos dicho
y probado, que debían tener cuantas necesitaban para el
buen réjimen de sus Jiócesis, salvos los derechos de la su–
¡nema autoridad.
Y
cuando ahora
sosten emo~
la autoridad
de los párrocos, no tenemos mas que aplicar sencillamente
esta regla tan racional y cristiana al caso de los sacerdotes
de parroquias, y decir así-los párrocos pueden en sus igle–
si<ts, cuanto ha n menester para el buen réjimen de eltas,
salvos lo"s derechos de los obispos. Aquellos
á
quienes dis·
guste la proposicion, tienen que desacredicar el fundamento
en qué como las dema.s se apoya.
~9.
Los Párrocos pueden se·rvi•· mucho
a
la educacion de
nuest.·os pueblos.
Quien eche la vista
á
nuestras repúblicas hispano-ameri–
canas, verá que su primera necesidad consiste en educar
á
los pueblos; necesidad que en
la
mayor parte no está satis–
fecha, y que deja un 'vacío espantoso que debemos llenar.
Para conseguirlo, pueden contribuir con influjo poderoso
los párrocos. La mayor parte de los padres de familia que
están fuera de las ciudades, rio pueden educar á sus hijos,
porque ellos mismos no fueron educados por sus padres de
una manera convenieflte; y el amor mismo no basta para en–
caminar derechamente por la canera de la vida, cuando los
guias carecen de c0nocimiento y son .como ciegos. Será
buena g uia, el que dotado de las prendas que se necesitan
para conducir á otr<'ls, y precedido siempre por Hn signo
que a nuncia buena nueva, es compañero inseparable del
hombre desJe la cuna hasta el sepu lcro. En este breve
ó
largo periodo ¡cuántas verdades no tendrá qHe enseñar,
cuántos buenos consejos que dar, cuántos consuelos que re–
partir, cuántas lágrimas que enjugar,
ó
que mezclar sino
con las propias suyas! Quien asi proceda ¿no ejercerá un
grande y beneflco influjo
en la
educacion
de
nuestros
pue~
blos?