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7

sultas de los primeros,

Ó

por ignorar que se execnte la

graci~

como corresponde ; y se remediaría en parte este daño , si con–

tra lo generalinente dispuesto por derecho canónico , )y Real,

no

se

extragesen los juicios de los territorios propios, pata evi–

tar los gravámenes de los vasallos: ellos en fin tienen

el

interés

de lo que á proporcion sube

el

Escusado , y no se puede espe–

rar fundadamente que vayan conmt su propia utilidad, ni me–

nos que elijan

Ó

pongan en duda, aunque sea contra la con-

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,.. .1 •

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ceston apasto tea,

e

sena amtehto e un

ezmero, A_Ue

a

e

ceder en beneficio suyo,

y

en agravio del Clero.

2.

5

La gracia finalmente se está executando en administra–

don ,

y

se continuará , si no se establece la única contribudon,

y

los perjuicios , que ·causará

á

las Iglesias, y Estado eclesiástico,

serán eternos; pórque·Ios recursos con que se hán de evirar

son casi interminables ,

y

muy costosos ; sin que hasta ahora

en mi Obispado se haya sentenciado mas que uno , á que dió

motivo la viveza,

y

zelo, nada arreglado del subdelegado, que

no hizo mérito de una execucoria, que ántes se babia librado en

pleyro seguido con el Fiscal de V.

M.

en

el

Tribunal, formado

para esta gracia en tiempo del Sr. Phelipe

li.

2

6

La gracia de Novales , que se concedió muchos años

hace, no se há puesto en execucion hasta los últimos anteriores,

ni se há tenido por tan ámplia, como ·se há empezado á execu–

tar en

el

Reynado de V.

M.,

y

ella sola, si continuase en la

forma que ahora se establece, bastada para aniquilar la mayor

parte de las rentas eclesiásticas. V. M. en virtud de indultos

apostólicos tiene derecho

á

percibir codo

el

aumento de diez–

mos , y primicias , que proviniesen de la supercrescencia de los

frutos por

el

riego de las tierras ,

y

de los Novales , que por la

misma razon hubiese, y cambien de los diezmos, primicias ,

y

novales, dd cultivo de los montes, bosques, zarzales,

y

selvas

en la misma forma que en los regadíos, despues que dichos

montes por las expensas de V. M. y sus sucesores,

Ó

con

su

li–

cencia por las de sus vasallos,

y

por su industria, se igualasen

y

reduxesen á cultura,

y

pasto : esta es la substancia de los indul–

tos, y es preciso exponer á V. M. , que

se

están execurando con

tan enorme extension , violenta interpretacion ,

y

oposicion

al

órden de derecho , aun miradas solamente las doctrinas de los

Autores mas zelosos de la Regalía , que no puedo vér sin dolor,

que se obre así contra la voluntad de los Papas , y de las piado–

~as inrencione~

de V. M.,

y

con tan notorio perjuicio de la Igle-

' iii~

Unica contribu–

. 1

cion.

1

Nri'pafes.