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aplicada. al Real Erario ;

y

por

el

contrario en paises de mucha

pobb.cion, en que

n

hay

labradores,

ni

g;maderos de tanto

fondo, habrá

urato, que ascienda

á

dos

mil

ducados ,

y

que

se

le dcsmcmbrcn pocas rentas por

el

Escusado.

1.

3

En la concordi.l con

el

Clero se evitaba csra desigual-

.

'dad,

porqu

se

cargaba

á

las piezas

eclesiá~ricas

prorara de sus

haberes

y

rcnras la cantidad, que habian de pagar ,

y

tal vez e

ta

.razon con otr.1s que expuso

el

Clero,

detenido á los glorio--

so Reyes progenitores de

V.

l\t,

para no permitir la adminis-

tucion , y cst.lblcccr concordias desde u principio:

asi

suce–

dido en los Rcynados

de

lo Señor

s

Phclipe Segundo, que fue

el

primero que obrubo esra gracia,

y

de los Scñon:s Don Phclipc

,Tercero

y

~Jarro

en m

di

de

l.t~

urgenci s y

gu

rr.

,

que

pa–

deció

b

l\lonarquía; y lo que e mas

el

augusd imo

ñor Don

l)h

ti

pe

~imo,

Padre de V. l\1. ( no obstante l e trechcz del

Real Erario) no alter

1

e te méro o, sinó que m nifc

u des–

agrado alguna vez, que

el

Clero n

rubo

t

n pronto

á

e

ncor–

d r cgun su Re.l

in

inu cion; porque prcvda sin

dt~da

con sus

sui erior

t

1

nt

lo d ño c..1ue oy

expcrimcnran en l .

d–

minisrraci n;

y

el

ñor

Don F

mando

el

Sexto , que: qui o

y

rinci¡ ió

1

ponerla, mand '

e

ar,

y

que continua en

1

s con–

cordi

s,

aren

li

n

l

la rcpr cnr cion

del Estado ed

~i.1

rico.

2.

4

s

x

sos

de

lo

ubalt

rnos , exe utor

,

6

ex

ro-

res, sea en ::u.lmini rr cion ,

en arri ndo

on can norori

, que

me d rcn rl:. poco en cll

;

y

si

.

f.

e sirvi

s

m nd r inf< r-

m:u

1

Col ctor· gcner l,

y

lini

tr

1 1

Jum , de

1

s que

hán

tenido

~ue

r

f

rmar

y

d

1

en

po

r:

n e itar, csroy

pcr adido

qu

e e nfirm rá

1 1i

r

1

res nr cion en e

to, •

eh

quanto ll

bo

cxpu ro,

1

or

1

m yor cono imi neo qu

cien

1

de la materia, }' porque d

lcctor-g n ral

s

Juez {nr<: ..ro ,

y

6cl 1inhrro de

1.

y no le mb r za

l

s

r

cl

·:

tic . Los

subalt mo cr en, qu

primicnd

al

!ero h

n

ni

io

:'t.

.

l\

1.,

quando

el

Clero sab , que: los procederes de

ros e ·e–

curor s on comra las piJdosa intenciones de V. l\

t.

Ellos

cli–

f'1en ca as dczmcr.t · , en donde si informáran d · nud.tm me la

b

vcrtbd de los he ho al rribunal dd Escu .1do, no

e

estimarian

bien

dcgid.1s: ello di frazan por un indi

ere

ro

z

lo, si no

el

inte–

rés , la

drcunsrancia~

que puc r.1

en

el

ro cscu :ubn los r -

curso : basta par.1 pru ba de llo d c¡uc de sola

n1i

Iglesia

pas.tn

de cicnro lo

plcyros ,

<JUC

csrán pendientes en csrc rribunll , sin

muchos que se abandonan por costo os,

ó

por espetar

~

las rc-

sul-