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ta en

el

l!xpediente, si se reguló su producto ó no por

el

valor

de Concordia,

ni

se hizo mencion en la Bula.

41

8

Pero quando así sea , solo resultará, que para la rata

6 tasa del equivalente de Única contribucion, á que conspiraron

sus

cuent~~

y

averiguaciones, quedó muy aliviado

el

Clero por

este medio.

41

9

Los Ministros dd Rey acaso creyeron , si obraron de

este modo, que en la hypótesi de establecerse

la

Única comribu–

cion, podia compensarse la gracia que hadan al Clero, regulan-.

do

el

Escusado por

el

producto de Concordias, con la mayor

~

extension y seguridad, que entendian dar á la cobranza del nue–

vo equivalente en todo género de bienes eclesiásticos, sin dis–

tincion alguna. Pudo haber otras consideraciones, ó algun error,

,que no es necesario apurar.

4

20

Lo que puede colegirse de aquí es, que

el

Papa adhi–

rió á la

nue'Pa

y

única contribucion,

respecto del Clero, sobre al–

gun presupuesto de valores, bien que sin ceñirse ni limitarse á

ellos, por suponer su variacion eventual; mas para el caso de no

establecerse

tal contribucion,

queriendo, como quiso

el

mismo Pa–

pa,

quedasen

como ántes y

en su fuerza

las antiguas

concesiones;

es

visto ' que solo se refirió á ellas' y que para nada conducia

el

presupuesto.

.

4

2 1

Los Papas habian prorrogado la Gracia del Escusado,

sin supuestos ni regulaciones de productos. El mismo Benedic–

to

XIV,

que expedió la Bula de que se trata en

17

57,

prorro–

el

Escusado por Breve de

8

de Marzo de

1

7

5

6

para

el

quin–

quenio que debia empezar

á

correr, sin tratar de quota, rara ni

regulacion , que se le hubiese hecho presente. Este era

el

estilo

de prorrogar aquella Gracia, y

el

mismo se siguió en la Bula de

unica contribucion

para

el

caso de no establecerse' sin mas nove–

dad , que perpetuar la concesion , para quitar la inutil repeti–

cion y molestia de Bulas quinquenales.

4

2 2

Todo lo expuesto persuade, que la voluntad de los Pa–

pas no há sido conceder la Gracia del Escusado, como concorda–

da: Si así lo creen los Cabildos y Obispos , como representa

el

de

Cuenca, están sin duda equivocados. Ni en el Breve de prorroga–

don de Benedicto XIV , ya citado , ni en los anteriores , ni en la

Bula de

única contribucion,

ha

y

una sola palabra, que nombre las

Concordias. Todos los Breves refieren y prorrogan

el

de

S.

Pi

o V

de

21

de Mayo de

1

571 ;

y

en él solo se trató de conceder al

Sr. Felipe Illos frutos de la casa mayor dezmera de las Parro·

quias