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87

,, dolid

y

Alcalá; y por un efecto de mi Real piedad exÍn'lo de es–

':>

ca carga

á

los Bachilleres de las tres mencionadas Universida–

':>

des , y

á

los que rubieren estos grados en las de Huesca, Cer–

':>

vera , Zaragoza , Valencia , Santiago, Sevilla y Granada y no

, de otras , con cal que los Bachilleres sean matriculados

y

se

, hallen actualmente en estas mismas Universidades exercitan–

,do los estudios de sus respe.crivas Facultades. No obstante la re–

" gla antecc:;dente, declaro, que no deben ser comprendidos en

,:>la quinta los Estudiantes matriculados, que rubieren beneficio

, eclesiástico, ni los ordenados de prima tonsura , con tal que

, esros segundos cumplan con los requisitos prevenidos por

el

, santo Concilio de Temo para

el

goce del fuero, y con lo man..

, dado por la Ley del Reyno

t ,

tít.

·4,

lib.

1

de la rR,gcopilacion

, en quanto previene, que continuamente 6 por lo menos seis

, meses ántes, hayan de haber llebado corona abierta

y

vestidu–

" ras largas , segun

y

como las traen y acostumbran traer los Clé–

" rigos de Misa: bien entendido que ademas de las antecedentes

, indispensables circunstancias , hán de hacer constar rambien,

,,que cumplen

y

hán cumplido con lo establecido por laLry

18,

,tít.

7,

lib.

1

de la

~copilacion,

que

es

haber hecho un curso

, entero para poder valerse del fuero académico, estudiar de

,, continuo, entrar en las Escuelas de las Universidades aproba–

"das,

y

no en Conventos ni Colegios, y oir dos lecciones cada dia •.

3 58

,

Igualmente hán de ser comprendidos en el sorréo los

,que tomaren

el

hábito de Legos 6 Donados en

el

mes ánres

,,de la publicacion de la quinta, particularmente en Conventos

,, donde babia los

pr~cisos

de estilo, por la sospecha que esto in""

,duce en frélude de ella.''

.

·

PUNTO

IX.

Sobre

los Fiscales de Vara•

.

·3

59

SE

·reduce á quejarse

e1

R.

Obispo en

el

núm.

59

de este Memorial, de que las Justicias Reales no

solamente no auxllbn á los Alguaciles de los Juzgados Ecle:..

siásticos , que llama

Fiscales de Vara

,

sin6 es que los atropeJo

llan

y

ultrajan : que han quitado

sus

cartas

á

los conductores'

y

cometen otros excesos con los dependientes de los juzgados. ·

3 6o

No especifica caso particular alguno

el

R.

Obispo;

pero de unos Autos, que se hallan en

el

Consejo,

y

se hán uni–

do

á

este Expediente ,

resulta~

.

Cap.

I 1. ·

N OTA.

El Sr.

Campomá–

nes

toca este parti–

cular en su

Respues~

tan .

IIIOJ 1116.

El Sr.

Moñino

en

la

suya

n. 8o4

á

812.