88
de
1
7
6
5 , exponiendo resultaba probado
el
exceso del Fiscal de
Vara de llebar la espada desenvainada ,
y
la resistencia
á
la Jus–
ticia ,
y
la tolerancia del Corregidor de haberle visto usar de la
·espada desenvainada en otras ocasiones; por tanto conden6 .á.
ambos en las costas por mirad ,
y
apercibi6 al Fiscal de Vara se ar..
realase á. las Reales Pragmáticas en
el
uso de armas,
y
obedecie_se
lo~
mandaros judiciales sin causar alborotos con sus respuestas• .
36
5
Esta sentencia se consultó con los Autos originales al
Consejo , donde vistos , con lo expuesto sobre ellos por
el
Sr.
Fiscal , se revoc6 en la parte de condenacion de costas , que le
ponia al Corregidor de
Uciel :
se conden6 en rodas al Fiscal de
Vara;
y
en lo demas se confirm6 ,
y
mandó se escribiese al R .–
Obispo de Cuenca, para que tomase la providencia conveniente
con
el
Cura, por su mal fundada queja contra.
el
Corregidor,
<;:on la que
se
habían causado muchas costas
é
inquietudes.
3
6 6
Esta carta se escribió al R. Obispo en
9
de Setiembre
de
17
6
5.
36
7
Tambien resulta de un testimonio remitido por
el
R. Piez. 5.
fol.
2.
1 •
Obispo
,
y
de los Autos que acabo de sentar en los números
antecedentes, que en
3
de Junio de
1
7
6
5 , estando el mismo
Corregidor de U
riel
en las cercanías de aquella Villa con Josef
Alisan Escribano numerario de ella ,
y
con un Ministro , vieron
.á
un hombre , que iba con unas alforjas al hombro;
y
pregun-
tándole
el
Escribano , que de donde venía; respondi6 , que de
la Aldea de
Fuente
~bles
;
y
pasando su camino como veinte
pasos, dixo el Escribano al Corregidor:
Este parece el propio que
el Vicario
en1Jió
á
Cuenca
;
por lo que dando órden para que se le
llamase, volvi6
á
su presencia;
y
preguntado por
el
Corregidor,
que de donde venía; respondi6 sorprendido
y
algo inmutado,
que de la Aldea de las Cuebas: que reconvenido con motivo de
esta variedad ; respondi6 , que
á
la verdad venía de Cuenca con
un pliego del R. Obispo para
el
Vicario.
3
6
8
~e
lo
reconociero~1
, le hallaron la carta para el Vi–
cario ,
y
así por la sospecha de su turbacion
y
variedad , como
por venir la carta sin la formalidad prevenida en
el
cap.
2.
de la
Ordenanza de Correos
,
se le mand6 presentar en la cárcel , donde
se le esrrech6, poniéndole en un calabozo con grillos, porque
no quiso concluir ni firmar una declaracion que
se
le rom6,
y
se le puso
la
multa de un ducado ,
y
una peseta para el Carcele–
ro , q ue se escusó pagar por ser pobre : Q!e el Corregidor en·
vió
el
dia siguiente la carta al Vicario ,
y
no quiso
recibirl<~.
Q!e