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destin~das

á

la conduccion del trigo ultramarino

á

la Corte , es–

trechado de ran urgente necesidad, libró despacho

á

las Justi–

cias de Sisante y otras , para que dentro de veinte y quatro horas

tomasen razon de la cebada, centeno, a'lJena

y

escana,

que hubiese en

las Cilb.s decimales, se la pasasen al instante con propio , y

en–

tretanto retubiesen estos granos , sin permitir su extraccion ;

y

que no teniendo satisfacion de los Mayordomos ó Terceros, pu–

siesen sobrellave,

acordándose por un medio político, entretanto que

se sacaba el permiso de quien conociese de ellos.

3 3

9

Con este despacho fue·requerido el Corregidor de las

Villas de Sisante

y

Vara de Rey, quien lo cumplimentÓ, y

pasó

recado político al Vicario Eclesiástico

y Mayordomo de la Cilla, pa–

ra que se sirviese no permitir la extraccion de aquellos granos,

entretanto que se providenciase el permiso correspondiente pa–

ra su entrega, si llegase este caso; y para que diese

el

cenific~do que se pedia de la existencia.

3

40

Y

se?;un cerdficacion del Vicetercero de Vara de Rey,

hab!endo pasado

á

aquella Vill3. arrieros con libramiento del Ar–

cediano de Abrcon, y del Cura de S. Juan de la misma Villa,

solo se les permitió sacar

el

trigo, guijas y garva nzos que con- ·

tenia la Hbranza, y se volvieron sin la cebada y demas camuñas

9.ue

estab:m detenidas.

·

3

41

Igual recado y providencia se hiz0 saber al citado Ma–

yordomo de la Cilla de Vara de Rey , sobstituto del de Sisante,

quien dió la certificacion·; y con efecro se puso sobrellave.

3 42.

Tambien resulta que en el Lugar de Aralaya, del mis–

mo Partido de S. Clemente, en virtud de la citada órden el Al–

calde pidió las llaves de la Cilla al Tercero, y las retubo algun

tiempo sin medir los granos.

34 3

El R. Obispo dió comision al Vicario de Sisante

y

Vara de Rey para hacer averiguacion,

y

no consta que la cau–

sa

se haya proseguido.

3

44

Por otro testimonio remitido por

el

R. Obispo, dado

por un Notario de su Tribunal, resulta, que en él se principia–

ron Autos en

el

año de

7 6 4 ,

á

instancia del Cura y Mayordo–

mo de la Parroquial de la Villa de Vellisca , exponiendo en pe–

dimento que dieron, que en la visita eclesiástica del año ante–

rior h.1bia sido alcanzado

el·

Mayordomo en m::ts de

6

oo fmegas

de:crigo; y no teniéndolas, como no las tenia, existentes,

á

su

consecuencia podia ser agraviada la fábrica al tiempo de la ven–

ta, por lo que se le habh mandado pagase por cada fanega

el.

va-