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D ictámen del

P.

Confesor

de S. M.

NOJ..A..

Trata este punto el

Sr.

Campománes

en suRespuestades–

deeln.9)2al9)4,

y

1018

á

1025.

dign6 .mándar que: se rémitiese al

P.

Confesor,

pani

que: expu4

siese su dicr:.men, como lo hizo, dividiéndole en dos puntos.

3 3

2.

En el uno sobre composicion de los caminos del Reyno

de V

~len

da, ·conformándose con el parecer del Fiscal

y

del Con–

sejo de Hacienda, fue de dictá.rnen , que se podia obligar

á

los

Eclesiásticos

á

que c011curriesen para su composicion con los

bienes que gozan de tercer 6rden; porque es utilidad comun,

Y.

pública, que es lo que se necesita, segun los Te6logos, y Cano–

nistas mas bien fundados, para sujetar los bienes de los Eclesiás-.

r

tlcos a estas cargas.

3 3 3

Qge el punto de conduccion de granos á

Madri~

era.

muy dudoso, porque 'no se verificaba la utilidad comun,

y

pú–

blica , de la que pudiesen participar los Eclesiásticos,

á

quienes

se pretcndia obligar.

·

· 3 34-

Qge

el

Consejo de Hacienda , fundado en una razon

muy dificil de verificarse en

el

presente caso con las circunstan–

cias necesarias para infundir obligacion , opinaba , al parecer , lo

contrario de lo que juzgaba

e~

Fiscal; pero con una limitacion,

que excitaba nuevas dudas

y

escrúpulos; pues decia:

Siempre que

examinados todos los medios para el logro de este importante asunto' no

se hayan e1Kontraclo otros ele menor perjuicio:

cuyas nuevas dificul–

tades dexaban en mayor duda este punto.

3 3 5 Por todo lo qual, siguiendo la regla de derecho, que

dice:

In dubiis tutior pars est eligenda,

era de dicrá.men, que en

las circunstancias presentes no se podia obligar

á

los Eclesiásticos

del Reyno de Valencia

á

la conduccion de granos á Madrid.

3

3

6

S.

M.

en vista de todo se sirvió conformarse con

el

dictámen de su Confesor; y con efecro en

20

de Noviembre de

. ·1

7

6

5

se comunicó la 6rden correspondiente al Intendente de Va–

lencia por la misma Secretaría del Despacho Universal de la Real.

Hacienda.

PUNTO

VII.

Sobre conduceion de granos

.

en Cuenca,.

I:

·

'3

37

SE

queja

el

R. Obispo de que el Sr. Marques de

Squi-

Piez.

S.

IQl.

I 1.

1

·¿·

r r

d

1 •

d

1

A

·

ace expt

10

or enes para extraer e tngo e os

Eclesiásticos, de que dice .resultaron los des6rdenes que expresa

en

el

núm.

53

de su Informe, sobre lo qual resulta de los tesri-

.monios que remite:

.

3 38

QQe en

1

de Diciembre de

1

7

6

4

el

Corregidor de

5.

Clemente hallándose sin cebada para mantener. las caballerías

des-