Previous Page  159 / 372 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 159 / 372 Next Page
Page Background

71

,que ocurriere, y la precisa. noticia á los Pueblos contribuyen–

"' tes para la ·exaccion de su contingente; advirriéndoies de todo

,,lo contenido en

el

citado decreto y esta resolucion.

y

para ma–

,, yor inteligencia suya, que en este ramo practiquen

el

modo

y

, medios que usan en

d

del vino , y especies de millones para

,, el abasto y exaccion de derechos ' dexando ' como dexo ' á la

,, disposicion de los Concejos la providencia que sea menos gra–

,, vosa al comun , segun sus circunstancias ; y les

encar~

pro–

"' curen no dexar tan libre

el

aguardiente y licores , que su abu–

"so perjudique la salud ; ánres bien les mando , que aunque sa–

"' quen mas de lo que importare la quota de su repartimiento,

,, que pueden aprovechar en beneficio del comun

á

otros fines,

,, para lo qual les concedo facultad , procuren tenerlo en un

,, precio correspondiente á contener á los viciosos ,

y

á que no

,, se disminuya

el

consumo mas natural del vino : pues para el

,, aguardiente que se pase de unos Puertos á otros , y el que se

,, extraiga á Reynos estraños , hé resuelto en cinco de este mes

,,la libertad de derechos de Rentas Generales, para que se lo–

_,,gre

el

principal objeto que estimula. esta providencia : en inte–

"' ligencia de que no deberán impedir

el

tráfico de estas especies

,, 6 la introduccion de ellas de Pueblo á Pueblo , pagando aque–

,lla imposicion que esté establecida en

el

que se hayan de con–

"' sumir, como se execma con

el

vino, y otras ·especies de ren–

_,;tas , para componer así

el

libre uso sin perjuicio de tercero;

,, porque lo que se transportare sin guias 6 testimonios, y se in–

" croduxere sin pagar el impuesto , há de ser comisado y casti–

" gados los reos conforme á derecho , y arreglado á lo prescri- ·

_,, to para los defraudadores de millones. Y si ocurriere en algu–

,,na Ciudad Villa 6 Puerto motivo tan especial, que precise á

,, providencia extraordinaria , siendo estimables las causales que

, se me hagan presentes por los Directores , proveeré el reme–

_,, dio, como se hizo con Madrid, en que se há de observar lo

,, mandado , porque esto no impide la universalidad del modo

,,de exigir y plantificar dicho equivalente, que executada que

, sea deben pasar los Directores al Consejo con las relaciones

y

,,documentos que hán de existir en las Contadurías Generales

,, para el futuro gobierno ,

y

en

el

Ínterin se les comunicarán las

,, noticias que necesitaren

y

sean conducentes á que tenga efecto'

,esta mi Real deliberacion. Tendrálo entendido

el

Consejo de

,, Hacienda

y

Sala de Millones para su puntual cumplimiento.

,, En Buen-Retiro á veinte

y

uno

de

Marzo de mil setecientos

,,qua-