-17-
"pa JJejandro, sean examinauas por el Prelado de
la
'·diócesis ....
y
sean tambien examinadas
y
aprobada¡;
"por el Comisario General de la Santa Cruzada
ó
por la
"persona ó personas por Nos nombradas en esta Corte
"en virtud de dicha Bula de Su Santid::u;l
y
tenga liccn–
"cia del dicho Comisario General 6 de la pe1'sona ó per–
"sonas por Nos nombradas para hacer la publicacion ....''
En el párrafo
1.
0
de la citada ley 9." extractado en el
apreciable oficio de US.
I.
se dice literalmente "mando
se presenten en mi Consc:jo, antes de su publicacion
y
uso, todas las Bulas, Bre>es, Rescriptos y Despachos de
la Curia Romana que contuviesen ley, regla
ú
observan–
cia general para su reconocimiento; dándoscles el
pase
para su ejecucion, en cuanto no se opongan
á
las rega·
lías, concordatos, costumbres, leyes
y
derechos de la Na–
cion
&....."
Y en la nota
10.'
de e:>ta disposicion, se dice
que en su virtud, se presentaron
y
reconocieron en el
Con~ejo,
la Bula ele J ubilco
y
carta Encíclica de Su San·
tidad,
y
que no habiéndose encontrado reparo, permitió
S. M., á consultr.1 del Corisejo, que pudiese remitirla.
Habiendo dicho
á
US.
I.
que en la hipótesis de que
fLiese válido el
pase
concedido, anti-constitucionalmente
por el ex-General Pezet, ese
pase
habría caducado junta–
mente con la Bula, pasado el tiempo para el que esta fué
expedida;
y
que la Buh no podía llevarse
á
efecto para
otro año, sin la próroga de Su Santidad y nuevo
pase
del
Gobierno.; me observa ahora, US.
I.
"que la concesion
del Jubileo depende entre otras condiciones, del tiempo
prefijado, y que el
pase,
que es absoluto, no debe conside–
;·arse ligado
á
esas condiciones, pues entonces el defecto
de cnalquiúa de ellas baria caducar el
pase."
Procurando penetrarme de la mente de US. I. en ese
pasage, solo alcanzo
iÍ
ver que se dirige
tÍ.
que se acepte el
concepto de US.
l.
de que el
exequaíuT,
es absoluto; es-