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-17-

"pa JJejandro, sean examinauas por el Prelado de

la

'·diócesis ....

y

sean tambien examinadas

y

aprobada¡;

"por el Comisario General de la Santa Cruzada

ó

por la

"persona ó personas por Nos nombradas en esta Corte

"en virtud de dicha Bula de Su Santid::u;l

y

tenga liccn–

"cia del dicho Comisario General 6 de la pe1'sona ó per–

"sonas por Nos nombradas para hacer la publicacion ....''

En el párrafo

1.

0

de la citada ley 9." extractado en el

apreciable oficio de US.

I.

se dice literalmente "mando

se presenten en mi Consc:jo, antes de su publicacion

y

uso, todas las Bulas, Bre>es, Rescriptos y Despachos de

la Curia Romana que contuviesen ley, regla

ú

observan–

cia general para su reconocimiento; dándoscles el

pase

para su ejecucion, en cuanto no se opongan

á

las rega·

lías, concordatos, costumbres, leyes

y

derechos de la Na–

cion

&....."

Y en la nota

10.'

de e:>ta disposicion, se dice

que en su virtud, se presentaron

y

reconocieron en el

Con~ejo,

la Bula ele J ubilco

y

carta Encíclica de Su San·

tidad,

y

que no habiéndose encontrado reparo, permitió

S. M., á consultr.1 del Corisejo, que pudiese remitirla.

Habiendo dicho

á

US.

I.

que en la hipótesis de que

fLiese válido el

pase

concedido, anti-constitucionalmente

por el ex-General Pezet, ese

pase

habría caducado junta–

mente con la Bula, pasado el tiempo para el que esta fué

expedida;

y

que la Buh no podía llevarse

á

efecto para

otro año, sin la próroga de Su Santidad y nuevo

pase

del

Gobierno.; me observa ahora, US.

I.

"que la concesion

del Jubileo depende entre otras condiciones, del tiempo

prefijado, y que el

pase,

que es absoluto, no debe conside–

;·arse ligado

á

esas condiciones, pues entonces el defecto

de cnalquiúa de ellas baria caducar el

pase."

Procurando penetrarme de la mente de US. I. en ese

pasage, solo alcanzo

ver que se dirige

tÍ.

que se acepte el

concepto de US.

l.

de que el

exequaíuT,

es absoluto; es-