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Creyendo el Sciior Fiscal que no debia dejar ningun
punto vulnerable para cuando se le conYenciese de la
teoría del pacto, admite por un momento ese principio,
y se afana en demostrar que siendo nulo el
pase
de la
Encíclica
Quanta cu1·a,
no hubo pacto, y que por lo mis–
mo no se puede citar ese principio pot· los tribunales.
¿Qué diremos contra este argumento? ¿Repetiremos aca–
so las mil razones que se bau dado para probar que el
pase
dado por el Gobierno de Pczet, aunque fuese ilegal,
no fué nulo, y debía producir sus efectos? No lo bare–
mos por temor de fatigar á nuestros lectores, á quienes
remitimos sobre este punto al informe del Muy Reve–
rendo i\Ietropoli tano.
Otro de los puntos en que se ba empeñado el sustitu·
to del Señor Fiscal es la materia de sobreseimiento.
De~pues de examinar las leyes que tratan ele esta cliligeucia,
dice que la Excma. Corte Suprema las ha infringido,
porque el sobreseimiento no puede hacerse sino durante
el sumario, y que no habiéndose abierto el juicio no se
puede sobreseer.
Este argumento se funda en un supuesto falso. ¿Quién
ha dicho que el auto de la Excma. Corte Suprema es de
sobreseimif'nto? Se ha resuelto que no hay delito, ni ac–
cion para entablar juicio, y este auto resolutivo no pue–
de ser sobreseimiento.
Pero aunque supusiéramos que lo fuera: ¿por qué no se
podía expedir sino despues del sumario? ¿Y por qué ex–
pidiéndolo antes habrá nulidad en el proceso? ¿Cual es
la ley que decl,ara esa nulidad? Por otra parte, si la acu–
sacion era por haberse publicado Bulas sin pase, y el
Muy Reverendo Metropolitano comprobó desde luego
que la Bula tenia pase, el tribunal no podía abri r el jni·
cio sin que se le tachara de servil observador de las fór–
mulas, que se habían hecho inütiles por las pruebas pre-