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CAPÍTULO XIX

La diócesi s de

Salta

en. sede

vacante

265. Suc e s os r elativos

á

l a sede vacante de la diócesis de

Salt a-266. Dos cue s tiones

á

que han dado or'i g e n-

267. Sede p lena y sede vacante-268. · La declaracion

de sede vacante no puede hace r s e, seg un las leyes de

Indias, s in e l p révio c onsentimiento del soberano-269.

Fundamento racional de estas dispo s icione s -270 · La

declaracio n. de s ede v aca n te segun el concilio de Tren lo

-271. ·La to leranc ia de a l g unos g obie r nos á este res–

pecto no destruye l a fuerza o b ligatoria de las ciisposi–

ciones citadas-272. La sede vac ante del obispado de

Buenos Aires en 1870 - 278. Sed-9 vacante d el obi s p a –

d o d e l P araná e n 186 8 y nircu l aP

á

los ob ispo s -27 4 .

Declar:ac ion del obispa do de Córd oba e n sed e vacan t e,

en 181 8 -278. P ar8. que la e le c c o n de vicario c apitul a r

s ur>ta sus e'rectos es nec esa r io que s ea aprobada por el

g obierno-276. La el e c c ion del doctor Feijoo fué nula_¡.

277. Reaccion pr>oducida en el espí r 1tu del Cabildo de

Salta.

265.-H.emos dicho que la muerte sorprendió a1

ilus_trísimo obispo

señ.or

Risso Patron cuando

si·

gniendo-no lo dudamos-las inspiraciones de una

concient;ia supeditada por la accion del sentimiento

religioso, se· encontraba empeñado con el poder