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seguida una parte del oficio dirigido por el señor

Den1etrio Can al juez federal de Jujny, en contes–

tacion al traslado que se le di6 de la

q~erella

crüninal

entablada contl'a él, por el representante del nlinis–

terio . fiscal en dicha pr-ovincia.

«

Acordándo1ne la Constituciori la 1nas fonnalli–

bel~ tad

.de conciencia, tanto co1no ciudadano argenti–

no, .con1o perteneciente á una religion y culto, por

cuya incolunlidad debo velar, co1no su representante

y cabeza en esta provincia; creo firmen1ente y estoy

persuadido de haber hecho

un

legítüno uso de este

derecho doblemente libre, lo cual no puede ser un

crünen que 1nerezca el que el seí1or fisGal nacional

acl hoc

se ocupe de escribir un difuso folleto para

acusarme; en segundo lugar! creo no haber faltado

á ninguna disposicion civil obedeciendo

á

1ni supe ·

rior eclesiástico dando el

«

1nanifiesto

»

acusado; al

contrario ct1111plia con un deber de conciencia pres–

crito por la Iglesia

á

que pertenezco; en tercer lugar

forn~o

parte de

~tna

ietarquia independiente del

EstadÓ,

é

inflnitan~ente s~tperior

á

todas los grados

de la sociedad civil;

consideraciones todas que n1e

ponen en el ineludible deber

de

desconocer con1o

desconozco la competencia del señor juez ele sec–

cion,

para poder ejecutar contra 1ni persona co1no

autoridad de la Iglesia, acto alguno de jurisdiccion,

por no ser la n1aterla de

qt~

soy acusado·pertinente

. al foro civil,

y

si ·

al tribunal eclesiástico, único que