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seguida una parte del oficio dirigido por el señor
Den1etrio Can al juez federal de Jujny, en contes–
tacion al traslado que se le di6 de la
q~erella
crüninal
entablada contl'a él, por el representante del nlinis–
terio . fiscal en dicha pr-ovincia.
«
Acordándo1ne la Constituciori la 1nas fonnalli–
bel~ tad
.de conciencia, tanto co1no ciudadano argenti–
no, .con1o perteneciente á una religion y culto, por
cuya incolunlidad debo velar, co1no su representante
y cabeza en esta provincia; creo firmen1ente y estoy
persuadido de haber hecho
un
legítüno uso de este
derecho doblemente libre, lo cual no puede ser un
crünen que 1nerezca el que el seí1or fisGal nacional
acl hoc
se ocupe de escribir un difuso folleto para
acusarme; en segundo lugar! creo no haber faltado
á ninguna disposicion civil obedeciendo
á
1ni supe ·
rior eclesiástico dando el
«
1nanifiesto
»
acusado; al
contrario ct1111plia con un deber de conciencia pres–
crito por la Iglesia
á
que pertenezco; en tercer lugar
forn~o
parte de
~tna
ietarquia independiente del
EstadÓ,
é
inflnitan~ente s~tperior
á
todas los grados
de la sociedad civil;
consideraciones todas que n1e
ponen en el ineludible deber
de
desconocer con1o
desconozco la competencia del señor juez ele sec–
cion,
para poder ejecutar contra 1ni persona co1no
autoridad de la Iglesia, acto alguno de jurisdiccion,
por no ser la n1aterla de
qt~
soy acusado·pertinente
. al foro civil,
y
si ·
al tribunal eclesiástico, único que