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-357-

histórica

y

legaL

¿Que litigante no protesta cnan·

do

pier.de

su pleito ante los tribunales de justicia?

Pero es necesario resignarse ante las decisiones de

los poderes competentes. En el terreno de la lega–

lidad se puecle discutir

la

convenien

c;iaj

la opo1;tu–

nidad

y

aun la justicia de sus

fallos~

pero no se

puede desconocer su fuerza obligatoria, por que

eso equivaldría

á

neg11r

la

jurisdiccion establecida

por las leyes.

197.

-Antes

de

cerrar ·este capítulo nos haremos

cargo de

a

1gnnos argun1en tos formulados por el

doctor Pizarro en defensa

de Ja

conducta del vicario

de

Oórrloba~

ademas

de

los que ya

he1nos discutido

en el capítulo octavo.

Rl

respetable senac1or

<1e

Ranta-Fé

hizo

un

argu–

mento

ad

hontinen~,

bastante ingeniosJ., pero no snfi–

dentelnente sólido

é

incontestable.

Si

la

B)eptíbli–

ca,

dijo~

ha heredado el patr ,)nato

y

leyes regla–

mentarias del antig·no régimen, él está vig2nte no

solo para el gobierno sino para las antorida ie·s

eclesiásticas.

Por

consiguiente~

el vicario

Clara~

co–

mo gobernador de la di ócesis

de

Córdoba., arreg·lando

su cvnrlucta

á

la ley 14:.,

título 3

°

libro 22 de la

recopilacion de

i

n(tias,

pnr1o

exigir

qne en

1a

U

ni–

versidad de aque1la ciudad no se

confirie~en

gra

1

os

á los que sos

tu

viesen doctrinas contrarias

á

las

de .

la iglesia romana.

Pa<1o jgua1mente, conforme á

las leyes 4

~

y 6

C';j

dd libro 1

°

título 22, velar