-357-
histórica
y
legaL
¿Que litigante no protesta cnan·
do
pier.desu pleito ante los tribunales de justicia?
Pero es necesario resignarse ante las decisiones de
los poderes competentes. En el terreno de la lega–
lidad se puecle discutir
la
convenien
c;iaj
la opo1;tu–
nidad
y
aun la justicia de sus
fallos~
pero no se
puede desconocer su fuerza obligatoria, por que
eso equivaldría
á
neg11r
la
jurisdiccion establecida
por las leyes.
197.
-Antes
de
cerrar ·este capítulo nos haremos
cargo de
a
1gnnos argun1en tos formulados por el
doctor Pizarro en defensa
de Ja
conducta del vicario
de
Oórrloba~
ademas
de
los que ya
he1nos discutido
en el capítulo octavo.
Rl
respetable senac1or
<1e
Ranta-Fé
hizo
un
argu–
mento
ad
hontinen~,
bastante ingeniosJ., pero no snfi–
dentelnente sólido
é
incontestable.
Si
la
B)eptíbli–
ca,
dijo~
ha heredado el patr ,)nato
y
leyes regla–
mentarias del antig·no régimen, él está vig2nte no
solo para el gobierno sino para las antorida ie·s
eclesiásticas.
Por
consiguiente~
el vicario
Clara~
co–
mo gobernador de la di ócesis
de
Córdoba., arreg·lando
su cvnrlucta
á
la ley 14:.,
título 3
°
libro 22 de la
recopilacion de
i
n(tias,
pnr1o
exigir
qne en
1a
U
ni–
versidad de aque1la ciudad no se
confirie~en
gra
1
os
á los que sos
tu
viesen doctrinas contrarias
á
las
de .
la iglesia romana.
Pa<1o jgua1mente, conforme á
las leyes 4
~
y 6
C';j
dd libro 1
°
título 22, velar