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_;; 121

~

tene.mos la satisfaccion de hacer constar que de las

tteiQ.ta

y• nueve personas con.sultadas por el go–

bierno, veinte y seis presentaron dictámen y to–

das el1aR 1nanifestaron su conformidad en cuanto

á

la existencia de dicho patronato, aunque algu–

nas-muy pocas -con ciertas restricciones que

li–

mitaban su extension.

Para cumplir el objeto que

nos proponemos nos bastará citar algunas frases de

las empleadas por los nüembros 1nas conspícuos del

clero al1nanifestor su 9pinion

44.-El doctor Diego

E.

Zavaleta, presidente del

sena1o del clero, dijo entre otras

cosa~:

«Pero

¿entre esos derechos y atribuciones propias de la so–

beranía que antes ejercieron en estos paises los reyes

de España y hoy ejercen los

go~iernos

de nuestras

provincias¿ ha de incluirse el patronato

y

proteccion

de las iglesias? Esa es la duela que res

u

el

ve

afinna–

tivamente el gobierno en su

3

~

proposicion,

que

m"eo cierta;

arreglando en esta parte

111i

juicio

á

lo

que terminanten1ente deciden jurisconsultos célebres

que han escrito sobre esta regalía. ))

Despues de citar

ea

apoyo de sn parecer las

opi~

niones ele

Ohopims ~

Oobarrubias

y

el

rey _A.lfonso el

sábio, agrega:

«Algo mas se dirá sobre este mis1no

asunto

al

considerar las proposiciones

5, 6, 7

y

8 .

Mas

antes debo expresar, como lo hago,

1ni

absoluta

con(or1nidad

con la 4

ro

que reconoce

en

la nacion y

sus gobiernos independientes, el derecho de examinar