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debita : cuí tribbtum, tributum:

cui veétigal , veétigal : cui ti–

morem, timoretn : cui honorerri,

honorem.

8 N emini quidquam debea–

tis , nisi ut invicem diligitis:

qui enim diligit proximum, Le–

gem implevit.

9 Nam • :' Non adulterabis:

non occides : non furaberis:

non falsum testimonium dice"s:

n on concupisces : et si quod est

aliud mandatum , in hoc ver–

bo instau ratur ' : Diliges pro–

ximum tuunl sicut teipsum.

10

D ileétio proximi rnalum

non operatur. Plenitudo ergo

L egis est diJeétio.

1

r Et hoc scientes

tem~us:

quía hora est

ia~

nos de sorn–

no surgere. Nunc enim propior

est nosrra salus , :¡_uam cum cre–

didimus.

se les debe: a quien tributo, tri–

buto : a quien pecho, pecho

1

:a

quien temor, temor: a quien hon–

ra, honra.

8 No debais nada a nadie,

sino que os ameis los unos a los

otros •: porque el que ama a su

próximo, cumpl ió la Ley.

9 Porque: No ad ulterarás:

no

matarás:

no hurtarás : no dirás

falso testimonio : no codicia ráso:

y

si hay algun otro mandamiento,

se

cornprehende suma riamente

en

esta palabra : Amarás a tu próxi–

mo como a

mismo.

10

El amor del próximo no

obra mal

3 :

y

así la caridad

es

el

~rnplimiento

de la Ley.

1

r Y esto sabiendo el tiem–

po

4 :

que es ya hora de levantar–

>

nos del sueños : porque ahora

es~

tá mas cerca nuestra s..tl'!d , que

quando creímos.

t.;~~

\•Ívamos con la mayor seguridad,

y

quetra.....

b:tj.m particularmente en ponernos a

cubier~

.ro de

la

violencia e insultos de los malos.

' Impuestos o derechos de alcabala.

T odo esto ,

y

el temor reverencial , la

honra

y

el respeto son .debidos a los Prínw

ciccs por obligacion de Rclígion

y

de con–

ciC.ncia.

Y

aunque los Príncipes sean in–

justos

y

aun Idólatras

y

·Hcreges , que,

nos persigan abiertamente ,lflo puede ha–

ber motivo ni razon para negarles la hon–

ra

y

el respeto que les es debido ; porque

no

~s

su lnjusticia o

malignidad la que se

respcr.t , sino la :m[Oridad que en ellos re-

side como Ministros dc.Dios.

.

2

S!.!

cumple con todos los dcQeres ex-

teriores de caridad para con

el

pr6ximo,

quando se hace por él todo lo que se pue–

de. Mas cumplido esto, le somos aun deu–

doresde lossentimientos interioresdeamor;

y

esta es una deuda ,que subsiste siempre,

a E.<t:od.

:xr.

14.

D t"uter. v.

18.

il

L (vie.

::r1z .

18.

.A1attll.

xxrr.

39·

~aun

quando se hayan pagado rodas bs

otras-~

3

T. Gr.

Íl

<.ty<ir.~

Té;

7rA~ITio~ :at:St~t.O,

1(,.-.

f~y~er«¡

,

el amor

110

hac,• mal al pró–

ximo. E l

que ama al pr6ximo, no le hace

ningtlno de los males que prohibe la

Ley.

De

lo que concluye eficazmente , que

el

mandamiento de

la

caridad comprchcndc

y

encierra en sí todos Jos orros ;

y

que

observado este resulta una perfeéta

y

cumplida execucion de

la

Ley.

4

Y

esto

c~n

tan mayor atencjon,

quanto sabemos por experienci:t que nos

queda poco tiempo para cumplir tod::ts es–

tas obligaciones , siendo tao cono y tan

~ierro

el de nuestra vida.

s

El

tiempo del Evangelio en que de–

bemos sacudir toda pereza , puesto que nos

acercamos al término

de

nuestra carrera:

y

que por esto se acerca mas

y

mas

a

no–

sotros

la

recompensa que esperamos reci–

bir en

el

Ciclo. S.

THOMAs

L ec.

111.

Marc.

I II.

3

t.

G alat. v.

14. ·

Ja–

co*.

JI .

8.