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rfo
el
ri~jimen
prohihilivo
y
esclusi''º perjudicase a
fo ~·
progresos de la
riquc~za,
no se potlria suprimirlo clcrc–
penle sin causar gr<1ves males.))
Serinmos intern1inahles Señor Ministro, si quisieramos·
seguir aduciendo razones
y
autoridades en
apoyo
del
deber
y
necesidad en que por su propio interés se halla
<d Gobierno de respelar su crédito hasta la nimiedad.
Pero cre_yendo su fi cientes las aducidas, p;lsn1·cmos a la
refutacion, no de
lo ~
argumentos en
qu i~
el
Gohierno
ha–
Jª
fumlado e l decreto qu e
re clam;unos,
pues que solo lo
;1p0Ja
en haher llenado
los
20
núl
quintales de nut?stra
contrata,
sino de los argu1ncnlos tp.ie la prensa de la Paz
,Y
algunas
actas poptdares
y
cantonales han opuesto a la
validez de
1rnL•stro
contrato, a su
continuacion
y
a mu–
('hos
derechos
adquiridos en virtud
d ~
aquel ,·
y
c¡uc han
se rvido de prclcslo a la vio!acion del conlralo cl escle di–
f'iembrc
de
18/t7.
lle
ru•
nelo11 .,
Antes de contestar a los nrgumenlos
y·
a las calumniosas
ac usaciones con que se nos Ita
oprirnitlo
ante
el
'Vnlyo
y
por el
inilyo,
y
que lrnn servido
;ti
Gobierno pnra discul¡wr
su falla de cumplimiento a
la s
obligacio nes que conlríljo
en nuestro fa\'or, se nos pcrmilirú que preguntemos¿ Quó
es la prensa? qué es la yoz pública'? qué son las actas popu–
lares a que nos
rc1nitimos; quó
influencia tienen ni pueden
tener en contratos solt•mnemcnlc cclchr;1dos, ni en otras
causas
ci·vilcs
ba sada s en documentos públi cos arreglados
<1
l;1s foycs ,. ijcnles de pais
'?
La
prensa,
la
roz: pública,
las
actas po¡mlarcs
¿son acaso
majistr;Hlos
civiles,
o
tribunales de
jnsli ci;l
ant e los que