Table of Contents Table of Contents
Previous Page  13 / 32 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 13 / 32 Next Page
Page Background

-12-

refiere

á

dicho nombramiento; entendiéndose

s1n

per–

juicio del embargo que debe continuar sobre las refe–

ridas

fincas

para

que sus

productos

ó

rendimientos

se

apliquen al pago del

crédito

de la responsabilidad del

convento;

y

los devolvieron.

Cinco rúbricas de

los Sres.

Corzo. Velez, Quiroga,

Jimenez,

Castellanos.

Se publicó etc.

Dducchi.

De este auto interpuso

recurso

de nu 1idad , la

parte

del Sr. Boza, habiéndose adherido la parte del conven–

to.

Elevados los autos

á

la

Excma.

Corte,

y

pedida vis–

ta al fiscal, este funcionario, despues de hacer una sim–

ple

relacion de los autos, pasa á expresar su opinion en

los términos siguientes:

..."En este incidente se presentan, pues, tres

opinione~,

la del acreedor, a poyada por el ju ez q uc considera su –

jetos los bienes de los conventos

á

las 1nismas emer–

gencias que los de los particulares, sujetos al e1nbargo

y

al remate, sin observar otros trárnites que ios judi–

ciales; la del Sr. fi sca l, Dr. Elmore, qu e niega el dcn·–

cbo de embargar los bienes de comunidades religiosa s

fundándose en que estando determinadas por la

ley

la s

formalidades que deben observarse para la enagcnacíon

de esos bienes no es posible que se pase so bre ell<>s,

porque esto seria autorizar

ú

que por deudas, ilegal–

mente contraídas, se rematen los bi e nes que usuf ruc–

túan las comunidade$, con rncnoscabo de los

interese~~

del Estado

y

de las garantías con que ha rodeado la

ley

la cnagcnacion de los bienes de Jos incapaces

y

de la s

manos muertas, y

finalmente la

opinion

de la sala

ck

vista, compuesta ele cin co vocal es, por haber habidu

dos discordias , concordadas en e l rnomcnto d el fall o.

que está porque se r es pete la ejecutoria qu e declara h

deuda

del convento,

y

se lleve adelante el embargo,

pero sin que se proceda al remate,

y

se pague al acre e–

dor con los productos de las tincas crn bargadas.

El que suscribe es d e sentir que la reso lucion de vis–

ta se ajusta mas

ú

la

ley,

porque

consulta

los respetos

que merece una ejecutoria, los derechos el e ! acreedor