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AL JUGURTA.

aliado1.

En el Catilina pag. 77.

c.

i.

havia

dicho Caton :

Sint misericordu in Juribur

ararii;

y poco antes pag. 76. c.

l.

N on

ogitur de vectigalibus

,

non

de

sociorum fortu–

nú ;

y Salustio pag. 16.

c.

2 .

hablando de

lo perdido de las costumbres de Roma :

//1

hi

(

refierese a los Romanos de su tiempo

cotejandolos con los antiguos)

contra

,

per

summum scelus ea omnia sociis adimere

etc.

y

en la pag.

172·

c.

2.

Exercitu1 ei

(M etello)

traditur::: preedator

e,,Y

sociis

,

y

en otras

mil pules.

39

Pag.

154.

l.

10.

y sig.

Porque , que

otra cosa es ser

,

sino hacer lo que se quie–

re impunemente.

Poco antes havia dicho:

R empublicam ocwpavere

;

de alli a poco:

fÍQ111i11ari

i/li vo!unt.

Aqui acaba Salustio

de declararse , llega al termino de su

in–

vectiva , y da a los que tenían

el

manejo

de la Republica el nombre de Reyes , nom–

bre que sabia bien Cayo Memio que era el

mas odioso para los Romanos , y

el

que

mas havia de inflamar los animos de la ple–

be.

Nam impune

(dice)

qu,z libet /acere

,

id

est R egem

""·

El lugar paralelo esta en la

Oracion de Mario inf. pag.

239.

c.

2.

} lamque cUm tute

per 11101/itiem

agas , exerci–

tum supplicio

cogere

,

hoc est dominum

,

non

imperatorem esse.

40

Pag.

154.

l.

14.

y sig.

Si Jo/o que

no oprimai1 a los bueno1

,

perdonando a los

malhechores.

Salustio :

Sed ne igmuendo ma–

¡¡,

,

bonos perditum eatis.

La sentencia , y

las palabras mismas se hallan en el Cati–

lina en el voto de Caton , sup. pag. 77. c.

2.

Ne : : dum paucú Jceleratú parcunt

,

bono1

onmc1 perditum can/.

Asi este , como los

<lemas

lugares paralelos que van en

las

notas antecedentes , demuestran a mi ver,

que lo mas que puede haver de Cayo M e–

mio en esta Oracion , son Jos pensamien–

tos ; pero que la expresion y el estilo son en–

teramente de Salustio; y de aqui puede

hacerse juicio , quanto havr3. aun menos en

las <lemas Oraciones , de

los

sugetos a

quienes se atribuyen.

41

Pag.

154·

l.

16. y sig.

Fuera de que

en un Estado es mucho menor inconveniente

dexar sin gnlardon los hechos ilustres, que sin

castigo

/01 delito1.

Salustio

/11

R epublica,

que era el govierno que tenia a la vista.

Traduzco :

E1tado ,

porque en todo Esta–

do sucede lo mismo ; y porque la razon

que para ello da,

es

general :

Bomu

(pro·

sigue)

tantummodo segnior

jit

,

ubi negligas;

at

malus

,

improbior.

42

Pag.

l

54·

fin.

y sig.

l.

r.

r

en fin,

si no huviese ngravios

,

ni ha-vrO tampoco ne–

ceúdad de recunor para que se reparm.

Sa–

lustio :

Ad

hoc si iniurite non sint

,

haud

uepe auxilii egws. D an. Crispino

salta esta

clausula :

Cortio

dice claro:

mihi, quid Ji–

bi velit, non consta/.

Los Antiguos N ota–

dores tampoco

la aclaran :

{/asco de

G11z-

111a11

segun el MS. del Escurial :

E

Ji

de

las injurias non curád

es

,

salvo nusi ctJmo si

non fuesen

,

muí

pocas

vez.es

aurédes menester

ayuda.

Y

o la he traducido como va , por

parecerme que eso requiere la serie de la

oracion. Poco antes havia dicho Salustio:

/Id hoc in R ep11blica

etc. que es añadir un

adminiculo a las razones anteriores. Aquí

repite

otra vez :

Ad

hoc si

iniurice

etc. con

que se despide de la plebe , diciendola :

y

al

fin

si no hu'Viese agravios

,

tanto mejor:

tampoco

tendreiJ nece1idad de andar todo1 /01

dios con recursos.

43

Pag.

155.

l.

l

8.

y sig.

Pero

el

Prt–

tor C01io , haviendou hecho el Plebi1cito.

Sa–

lustio :

perlata rogatioue.

Se que :

rogntio

hace tambien a

lei propriamente dicha,

esto es , mandada por el Pueblo:

unntorio

magistratu interrogante , veluti Cousule

,

co–

mo Justiniano dice

§.Le.<

eJI

4.

lnstit. de

iur.

11111.

gent. et civ.

y

en ese sentido to–

mo yo esta voz infr. pag. 166. )' 167 ; y

los Antiguos , y Ciceron mismo confunde en

varias p?.rtes

las rogaciones

de los Consu–

les, con las de los Tribunos o M agistra–

dos plebeyos. En este lugar traduzco :

ple–

biuito

por citarse Cayo Memio T ribuno

ele la plebe como autor de esta

rogncio11:

perlata rogatio11e a C. M cmmio.

4-4-

Pag.

1

58.

l.

1

7. y sig.

E1t"ba el

Conwl

(Spurio Albino)

a quien havia toca–

do por rnerte esta Provincia

etc. (habla de

la Numidia) Salustio:

Ip11' pro'llincia Nu–

midia:: evenerat. Cortio

tiene por ingerida

la

voz

:

proviucia,

y a la verdad no hace

mucha falta; pero se halla constantemen–

te en los Codices Escurialenses , en el de

mi uso , y en el impreso de

1475.

Por eso

no he querido quitarla ; y aun mas , por–

que el :

provincia evenerat

se refiere al sor–

teo que hacian

los Consules de las Pro–

vincias por la lei Sempronia :

de Í'rwi11cii1,

RR 2