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el sometimiento absoluto de los revolucionatios, es una necesidad indeclinable
del mantenimiento de la paz ulterior del pais, y por consi: uiente que era ne–
cesario proceder con suma circunspeccion y cautela al convei.:cionar sus bases.
• Con ello, no quise por cierto decir á Vd. que el Gobierno no se hallase
dispuesto y menos que se considerase bastante débil para no hace1 ejecutar lo
que se conviniese, venciendo cualquier resistencia que se
le opusiese
y
vinie–
se de donde viniese.
~
Pero si, que debían concebirse esas bases de modo que no diesen pábu–
lo á desconfianzas, alarmas y temores de que ellas no v1mesen á servir en
último resultado sino á los fines siniestros de la revolucion: porque entonces
podríamos encontrar en aquellas resistencias
un obstáculo sério para entablar
y concluir las negociaciones de paz,
sobre las bases establecidas en la nota
de Vd. fecha 24 de Noviembre.
, Esas mismas razones son las que influyen hoy en el Gobierno para con·
siderar indispensable la modificacion y
supresion de varios de los artículos
que contiene el proyecto de armisticio enviado por Vd.
>
El no debe tener otro obj t to que impedir
las hostilidades entre ambos
contendentes sin que se aprovechen de esa suspension de hostilidades
para
mejorar de posicion y condicion.
, Ahora bien, para
P.so, el medio mas práctico y sencillo es el de colocarse
en las posiciones que tienen los dos ejércitos, cuya conservacion es el objeto
del primer artículo del convenio.
>
El ejército de la revolucion en Cerro La1go y los del gobierno sobre las
costas del Yi y Santa Lucia arriba, en decir, á una distancia mucho mayor de
las
20
leguas que se establecen en el proyecto.
¿Para que, pues, todas esas
disposiciones sobre estension de campo que solo pueden recorrer sus partidas?
>
Cuando mas podria establecerse que dichos ejércitos en el caso de tener
que cambiar de campo por las necesidades de leña, pastos, agua, etc. no podrían
aproximarse
á
menos de
20
leguas; pero ni aun eso creo
conveniente, porque
seria dar lugar á abusos fáciles de preveer.
, Lo mejor es dejar
e~tablecido
la inniovilidad de dichos ejércitos, y puesto
que entre ambos medía una distancia tan considerable que dentro de ella pro–
vean
á
aquellas necesidades como crean mas conveniente.
>
Digo lo mismo de lo que ¡se refiere
á
los pueblos y partidas volantes que
hostilizan
~us
guarniciones.
>
Si estas se reconcentran como se estipula, dejan por el hecho,
de hosti–
lizar,
y
entonces no veo
inconveniente en que
~las
guarniciones de los
pue.
blos recorran mas estension de las dos leguas estipuladas para proveer
á
las
necesidades de manutencion, desde que les es prohibido ocuparse de ninguna
operacion bélica 6 de mejorar la situacion que tengan militarmente hablando.
>
Respecto
á
los buques de guerra, Vd. mismo comprende cuanto hay que
objetar
á
esa proposicion.
>
Todo lo que puede
exigirse del Gobierno es que no los ocupe en ope
raciones bélicas durante la suspension de hostilidades; pero que no vigilen sus