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302 -

costas y su

puerto

6 se ocupen de cualquiera otra comi ion que el Gobier•

no le

confie, e

exigi r una conce ion que el

~obierno

no puede ncordar.

• En

fin,

la duracion del nrmi licio no puede e ceder del términ

prefijndo

en las in tracciones dada

á

d.

in e ponen e á

ervir eficazmente

1\

lo

inte–

reces de In revolucion que todo

tienen que ganar y nada que perder con la

parali zacioa de las operaciones de la guerra.

• E so es tanto mas de hacer e, cuanto que empezada

la

negociacione

ele

la paz, luego sabremos si ella tiene lugar 6 no porq ue el Gobierno e tá firme –

mente re uelto á exigir el re pelo ele lo

derechos que ti ene adquidos por la

aceptacion, de parle de los revolucionarios, de

In

condiciones con que neep–

tnran la :Medincion Argentina, no consintiendo que se presente propo icion ni

pretension alguna que importe una impo icion al libre y pleno ejercicio ele las

facultades consti tucionale

que tiene el P. E . de la

acion para el Gobierno

y adminislracion de la R epública.

• Eso se ha establecido en la base

2•

de la nota de

24

de Noviembre,

eso se ha aceptado por el Gobierno Argen tino,

y

con e o se han conforma–

do los revolucionarios declarándolo espresamente á ese Gobierno en su nota

respectiva.

• Si no obstante tan esplicitas como solemnes declaraciones, los rP. volucio–

narios pretenden salir fuera de ese limite trazado á sus pretensiones haciendo

de ello un

casus belli,

por

el

hecho la negociacion quedará rota y las hosti–

lidades se comenzarán inmediatamente. Ea el caso con trario, la pa7. no pre–

sentará difir.ultades y podrá ser la obra de un par de dias de discusion.

o hay, pues, porqué ni para qué dar al armisticio mayor término que

el prefijado.

>

Fundado en todas esas razones y consideraciones, el Gobierno encarga á

Vd. de proponer y sostener el adjun to proyecto qur. es el mismo presen tado

con las modificaciones que cree necesarias y dejo enunciadas, esperando de

su conocida habilidad

é

ilustracioa que hará comprender al Gobierno Argen·

tino que el de la R epública no lleva otro objeto en

~sas

modificaciones, que

hacer práctica la suspensioa de h ostilidades eliminando dificultades que po–

drian llegar hasta im posibilitar, perjudicando la negociacion de la paz.

>

Con tal motivo me es grato reiterar á Vd. las seguridades de mi conSi.

deracion y particular aprecio.

J.ef

anuel Herrera

y

Obes.

PROYECTO DE C ONVENCJON DE AllMJSTICIO

>

1•

Los cuerpos de Ejército, las divisiones que operen por separado, las

guarniciones que ocupen

los pue los y las

fuerzas de observacioo

en las

fronteras, conservarán la posicioa en que se encuentren en el acto de comu–

nicárscles el armisticio, manteniéndose en

ellas, sin poderlas alterar, ni modi-