-
307 -
ser obstáculo para volver
la paz
y
la concordia á
la familia oriental; pero,
para que eso sea as\,
es indisper.sable
que, al pedirse
y
acordarse, no sea
para cubrir los gastos de la revolucion.
Bajo esa forma
y
para tal fin, S·
E . el Sr. Presidente, no acordará
im
solo peso.
" Lo que se convenga dar, no debe tener destino declarado. El gobierno
lo acuerda
como costo de
la paciji.cacz"on
del país, dejando á los revoluciona·
dos que dén á esos din eros, la aplicacion que mas les convenga.
>
Por esa
y
otras mu ch as razones mas
fáciles
de alcanzar,
creé
S.
E., el
Sr. Presidente que,
tal vez; seria mas convenien te que,
convenida la suma,
se entregase
y
recibiese
sin que figurase en
el convenio de
pacificacion, la
cláusula que le es referente.
• En fin, S. E. el Sr. Presidente, quiere que, al entrar en
e~as
discusiones,
tenga Vd. por regla de conducta, que su propósi to
firme
y
declarado,
es no
hacer á la
rebelz"on
de 1870, encabezada por el Coronel Aparicio, concesion
alguna que pueda traducirse por un triunfo de ella, sobre la autoridad consti–
tuida, contra quien empuñó las armas, desconociendo su le.;:itimidad
y
con el
fin
proclamado, de verificar su derrocamientc>.
>
S. E. el Sr. Presidente h ace un acto de conciencia cívica del deber de
someter esa rebelion, negánJole
y
aun despojándola de todas aquellas adqui–
siciones
y
lauros que pudieran servir de estimulo para otras ulteriores.
>
Al pensar
y
proceder así, S. E. el Sr. Presidente para nada se acuerda
del partido político á que esa rebeli on pertenece.
La juzga
y
combate, pura
y
simplemente,
como rebelion
que ha perturbado el órden y la tranquilidad
pública del pais, derramando, á torrentes, la sangre de sus hijos
y
h ermanos,
llevando la inseguridad á todos
los intereses,
la perturbacion al
trabajo
y
la
rui na á los capitales en nombre de un principio y de un derecbo,-condena·
dos por la razon, la humanidad y Jos primeros
intereses de conservacion de
los Estados que solo viven, se desarrollan
y
engrande.-en á la sombra de lª
seguridad que garanten el vigor de sus leyes
y
la respetabilidad de las auto–
ridades encargadas de hacerlas, aplicarlas
y
ejecutarlas.
>
En una palabra: juzga
y
combate esa rebelion, como juzga
y
combatiría
cualquiera otra de su especie,
de
igual orígen
y
con idénticos propósitos
y
resultados para el país.
>
Si nuestro país tiene urgente
y
vital necesidad, de acabar con ese pasado
revolucionario <¡Ue ha pervertido l as conciencias
y
las creencias, corrompiendo
todos los hábitos
de órden, de obediencia,
subordinacion
y
respeto á la ley
y
los derechos que ella cobija, es preciso - es rigurosamente indispensable-
dar
por punto de partida, á la nueva época que debe sucederle, el triunfo completo
é inequívoco, de la autoridad pública, en su actual contienda con la rebelion,
ya que ella tomó proporciones que ninguna otra tuvo, ni probablemente vol–
verá á tener.
>
Solo asi , podrá el pais conqui lar esa ancha base de tranquilidad
y
esta–
bilidad, sobre que solo pueden exi tir y consolidarse todas esas libertades que
hemos recibido
escritas
de nuestros padres,
y
sin cuyo ejercicio
p,áctico
es