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EL

IMPERIO SOCIALISTA DE LOS

~NCAS

Fué la institución

de

los repartimientOs lo que vino a

trastornarlo todo. El rey de

~p~ña

repartió las tierras en–

tr~

sus súbditos,. con encargo de que éstos las hiciesen cul–

tivar por los indig-enas.

Desde antes del descubrimiento del P-erú, este

s~tema

fué reemplazado por el de la encomienda, cesión hecha por

1

·el rey de sus .dere-chos

y

de sus deberes a ciertos privilegia-

dos, a titulo de recompensa. La ·encomien-da era ·una v-er–

dadera colaboración entre ·el -espafiol

·y

el indig·e:na; el pri-

.

.

me·ro debla instruir ·al segundo en la fe católi-ca, d·ef·enderlo

y

dirigirlo; el segundo debia trabajar para el prim-ero. Esta

delegación r-eal era temporal, no podia durar más que e;n

vida del titular

y

la

,~·e

su heredero: "la ¡encomienda era por .

dos vidas", e O.ecia,

y

no de ia se a .

ti

bu da sino a personas

de mérito ( ) .

·

·

1'

e

:n

é!

el te:r;rito-

:griv·.l gio e

retirado si

~

rtado al Pe-

opu

lencia de di has ca as fu

o

idera.ble durante la época colonial

(Vl·

ñ.as

y ·

Mey, "El régimen

d~

la tierra en la colonización e5pañ.ola" . "Huma–

nida

.des", La Plata, t.

10,. 1925,

p. -

85

y

siguientes).

(1)

Instrucción al -licenciado de la Oasca,

10

de febrero de

1546.

"Co–

lección de documentos del Ar-chivo de Indias", t.

23,

p.

510.-

Helps,

"The

spanish conquest in America",

t.

4,

p.

102, 236, 239.-

Herrera, ''Historia

Ge–

neral~'.

dec.

8,

lib.

10,

CSips.

18, 19, - 102, 236, 239.

No bay que olvidar que

los conquistadores corrían grandes peligros, para ellos mismos

y

para el

capit~l

que habían invertido en sus elll--presas; la ·encomiend-a era para ellos

la recompensa. He aquí cómo Solórzano define la encomienda. "Un dere–

cho -concédido por merced ' real· a los 'beneméritos de

lals

Indias para per–

cibir

y

cobrar para sí los tributos de los indios, que

les encomendaron

por su vida y l.a de un heredero, conforme a la ley de la sucesión, con cargo

de cuidar del bien de los indios en lo espiritual

y

tempor,al

y

de habitar

y

defender las provincia-s donde fueren encomendados

y

hacer de cumplir

todo este homenaje o juramento particular". ("·Política Indiana", Madrid,

..

1648,

lib. III, c.

1).

La historia de la encomienda es la historia de la lucha

entre los colonos

y

el poder real. Las en-comiendas fueron primeramente

asignadas a l

os be

neficiarios por la duración de su vida solamente; luego,

en

1536,

por

"Q.os

vidas" (ley de sucesión). Su abrogación en

1542,

a ins–

tancias de La

s

Cas~.

provocó--:la revuelta de Pizarra y fueron restablecidas

en

l545.

Los colonos obtuvieron la concesión de "una. ter-cera vida", en

1629,

y el sistema no desapareció sino en el siglo XVIII.

(2)

"Colección de <tocumentos del Archivo de Indias",

t.

16,

p .

390-400;

t.

18, '

p.

201;

t.

19,

p.

97.

-187-