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DISPVTATIONVM DE SANCTO MATRIMONII SACRAMENTO

181

Porque reco[µo ]Cieñdo, que su doctrina

elia vn fuerte muro, que defendia la autori–

dad Eclesiastica, determinaron , no solo des–

pojar

a

la Iglesia, de esta fortalezq. incon–

trastable, sino tambien valerse de ella para

su ruina. Y assi bolviendo

a

estampar este

libro, truncaron en el todas aquellas doctri–

nas, que se oponían

a

sus dañados intentos,

alternando de suerte sus opiniones, que

pareciesse- enemigo de la potestad Eclesias–

tica, el que era, y se preciava de Soldado, y

defensor, acerrimo de la Iglesia.... Sabiendo

[el P. Suarez] quanto avian desfigu rado su

doctrina, en el volumen nuevamente es–

tampado, determino revelar

a

todo el mun–

do este pernicioso engaflo,

y

le delato pu–

biicamente, ante el Tribunal de la Fe, para

que enfrenasse con el castigo, tan necio,

y

temerario atrevimiento. Oida la quexa,

y

la

acusacion .del Padre Suarez, en la Inquisi–

cion Romana, trataron ·los Em.inétissimos

Cardenales, que en ella assistian, de atajar

el daño que iba cundiendo, con vn decreto

severissimo, que comenc;;ava de esta suerte:

"Avi'endo

intentado, ciertos impressores de

los libros de Venecia, quitar maliciosamen–

te muchas cosas del tomo quinto

de Cens1t·

ris,

que escri vio el Reverédo,

y

docto Pa–

dre Doctor Francisco Suarez de la Compa–

ñia_de Iesvs, que ellos imprimi eron,

y

sa–

carlo

a

luz, assi falto, alterado,

y

truncado,

incurriendo por ello en crimen,

y

deli to

grave de falsarios: los Ilustrissimos

y

Re –

verendissimos señores Cardenales, seiiala–

dos particularmente, para prohi bir, expur·

gar,

y

hazer imprimir libros en toda la Re–

publica Christiana, para castigar la temeri–

dad, y atrevimiento de dichos Impressores,

les prohibieron ,

y

prohiben por el presente

Edicto," que en adelante puedan

im p rimí~

qualesquiera libros, o vender de qualqui era

manera el dicho tomo

de Ce11suris,

pena de

excomunion

lata! se11te11tz'aJ,

reservada

a

su

Santidad, sino es en el articulo de la

muer–

te.,,

De aquí prosigue el Edicto, vedando

vniversalmente

á

todos, no solo el comercio,

y

compra de dicho volumen, sino t ambien

de quantos se estampassen en la Oficina de

los atrevidos impressores, dando por sospe–

choso su nombre,

y

añadiendo al casti go

de su fama, el menoscabo de su haziéda.

Luego, para desvanecer las sombras del

frauduléto error con la doctrina verdadera

de Fracisco, continua el Edicto:

"Mandado

a

todas,

y a

cada vna persona de qualquier

estado, preeminencia, y dignidad, q

u~

tu–

viere dicho tomo, assi impresso, que supla,

y ponga en el todo

lo

que injusta, y enga–

ñosamente le quitaron; mandando

a

los

Ordinarios, o Inquisidores, hagan. publicar

este

Edi'cto,

&c.....

,,»

(págs.

226-228).

Véan–

se sobre lo mismo, además de las otras

Vf–

das

del P. Francisco Suárez, especialmente

la del P. Descamps (r,

272- 277),

el P .. la

Bastida

(

Antúloto,

.págs.

126-2

7)

y

Caballe–

ro (núm.

1280).

Con esta ocasión recordaremos una de

las ridículas imposturas del autor de la

Correspondenúa de cinco cartas entre

N. N.

Erudito

Auti -Y esuí!a,

y N. N.

Teó–

logo imparcial,

que, citando un lugar del

P. Castro Palao

de

Vitús

et Vtºrtutibus,

y

precisamente

<~de

la edicion de Leon de

Francia

1663»

prosigue de esta manera:

<~Cítase

la edic10n para prevenir otro fraude

de los Jesuítas ,

y

es, hacer otra edicion (que

se con serva secreta entre ellos) de las Obras,

quitándoles las doctrinas vituperables, para

poder acusar de

calumn

ia.al Autor, que las

cita

y

las reprocha á la Compafiía. Probó

en sí mismo,

y

descubrió este fraude el Pa–

dre Concina » (págs.

106-7 ,

not.

73).

Seme–

jantes despropósitos no se escribían más

que ·en el último tercio del siglo

xvm,

y

a un entonces sólo -por los afiliados

i

esta

escuela, secuaz de los principios

y

prácticas

observadas en Venecia por el tiempo en

que se reimprimió allí la ·obra:

de Censurt"s,

del P . Suárez.

S

576.-Dispvtationvm de Sancto Ma–

trimonii Sacramento,

A

vctore Thoma

Sanchez Cordubensi

e

Societate Iesv,

Tomys Tertivs in qvo contiñetvr Liber

Octauus, qui de Dispensationibus: No–

nus, quí de Debito coniugali: ·Decimus,

qui de Diuortio agit. Cvm Indice Rervm

locvpletissimo.

~vm

Privilegio.

Ven~tiis,

. Apud Ioannem Antonium

&

Iacobum de