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a:66

D. MANUEL GUIRIOR.

la redencion de censos, el monto anual de

éstos,

1que era de 48:377 pesos, descendió

á

29.026. Sobre

.los aguardientes se impuso un derecho de 12 '/, por

100 · y aunque sü produccion se liTI?-itaba

á

los

'Valles de Lima.

I~a,

Moguegua y sus adyacentes,

pasando de 150.000 quintales al afio, el nuevo im–

·puesto no dejaba. de proporcionar entradas conside–

rables, las cuales se

obt~nian'

sin grandes dificul–

iades, por recaer en un consumo de lujo. Tambien

.babia gravado el Virey la

e~portacion

de la plata

en 1

1

/ ,

por 100,

y

la del oro en '/,

j

á

beneficio del

<Consulado, que necesitaba ese ingreso para cubrir

los intereses del millon y medio tomado

á

réditos

y

prestado al Rey sin ningun premio. El Monarca,

·que desde 1769 babia prohibido esos

0

r.avámenes

sobre los . metales exportados, hubo ' de com;entir,

que el nuevo subsistiese, pero limitado

á

ciertos

1

puertos.

:

.La Córte, que

á.

tedo extendin. sus reformas, pu–

so especial empeño en extinguir las

i'.n

veteradas,

-cuanto enormes

defraudacion.es

de la Hacienda. A

fin de desarraigar el contrabando, se enviaron cir–

culares

á

las autoridades civiles y eclesiásticas, en·

-cargadas éstas de encarecer á los fieles la crimina–

·lidad de las contravenciones fiseaies,

y

solicitadas

las otras

á

perseguir los delincuentes cqn el

may0ir

celo. Habiéndolo desplegad-o

muy

grande el Virey

desde su gobierno de Santa Fe, obligaba en el 'Pel'á.

t~ansportar

los metales preciosos c0n guía; nom ....