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onnE

l.,\

nEVOL CIOl'\ DE INl:LATEl\HA .

415

hallaban mi erablernente ·onfundido , como rey e reia con derecho

d

exigir por parle de su úbdilos n

1

E lado Ja mi ma sumision ab o–

lula que como atóli o taba obligado

á

l rofe ar

á

la iglesia romana.

De

de u infancia e taba aco Lumbrado

á

padecer por su creencia

l'eligio a , rucl per ecucion quo había vislo st nder e ácuanto la

pro-·

fosaban,

y

poi' eso cuando se vió en el trono se con id ró obligado

á

dar

libertad

á

la iglesia católica en su reino,

y

cr yó que el único ll)odo d

dársela

ra

d

rolvede suantigua dominacion.

¡Triste anead narniento de los errore

é

iniquidades humanas que .e

atraen

y

engendran reclprocamente

1

En vez de reconocer

y

re petar

á

un

mismo tiempo su múluo derecho lo protestantes y lo católicos nada mns

sabían hacer que perseguir e

y

dornina r~e

re ipro amente.

Sea por e paranza de realizar ma fácilmente su de ignio ,

a

á

fin

de

a

gurarse garanlias para el porvenir, Jacobo

n

inauguró su r inado

conteniéndose en lo limites de la legalidad.

Al

enlarse n

1

trono pl'o–

melió formalmente so t ner las leyes establecidas a i en la ig'lesia, orno

n

1E

lado. De ali!

á

po o tiempo convocó un parlamento y

r

n vó

el 1

modo ma svl mne sus promesas que no tardaron en er desmentidas

p

r

algunos acto imporlanles, aunque aislado . Continuó ha iendo re audar

onlribu iones no impuestas por el parlamento,

y

al paso que para om–

placer

á

la iglesia anglicana desplegaba todo rigor ontra los disidenl s,

principió

á

su

pender la ejecucion de la leyes contra lo atóli o , y

á

producir

ó

tolerar graves infracciones contra el régimen polltico

y

reli–

gioso del Estado.

Su lenguaje ra toda fa ma á propósito para cau ar r celos que sus

mi mos actos : sin dejar de protestar continuamente

a

erca de la legali–

dad dosus intenciones, dejaba vi lumbrar su

d

rocho al poder

ab~olulo

y

su resolu ion de ponerlo en práctica, si la nacion no se daba por entendi–

da

y

satisfecha de su moderacion.

A

i

acostumbran espresarse unas veces los pueblos en nombre de la

oberania popular, y otra.s los 1·eyes en nombre del derecho divino

á

fin

ele intimidarse mútuamente haciendo anticipado alarde de la terrible fuer–

za que en un ca o dado podrán desplegar.

1

Pretension tan inseo ata o–

rno insolente que enerva y destruye la base de un gobierno,

ó

las liber–

tades

d

una nacion

1

Lo único · que lo reyes y los pu blo

n su rela-

ione deberían poner en avicien ia para ontenerse on su dere ho '

lo–

o-ale , dejando en eterno silencio lo misterios la amenazas de lo gol–

pes

d E

tado

el

la r v Ju ion .