moderna rJ\ealJuriJPrudencia.
A
45'
gictor , con los Alarifes nombrados ,
y
en la conformi–
dad , que por menor lo refiere
el
Auto ro. tit. r 5. lib.
3.
de la Novií. Recop.
91"
ALQlJILERES
de CafaJ.
En
19.
de Julio de
1
17 37. defeando
el
Confejo efiablecer el medio mas util
para
el
Público,
y
Vecindario de Madrid, pidio
á
la
Junta de Apofento la práé1:ica de tafar,
y
retafar las Ca–
fas :
y
en
8.
de Agofio del mifmo año refpondio, que
con
el
motivo de haver fervido la Villa
á
S. M. con
dofcientos cinquenta mil ducados por una vez , fe le
concedio en Real Cedula de
6.
de Marzo de
610.
ton–
firmada en
8.
de Mayo: Qge las rafas,
y
retafas de al–
quileres de Cafas , que fe pidieran por fus inquilinos,
fe hicieran por un Alcalde de Corte , un Apofentador
de los de la Junta,
y
un Regidor;
y
que aunque fe
prevenía, que para efie efeé1:o fe nombrafen cada año feis
Apofentadores , por las reformas que de ellos fe hicie–
ron , havia recaído
dta
Regalía en el Decano ; pero que
haviendo querido precederle el Regidor , en coníulra
de
2
3.
de Julio de
171
4·
refolvió S. M. no fe inovafe
en manera alguna en preferir
el
Alcalde al Apofenrador,
y
efie al Regidor ;
y
que de todas las demas circunf–
tancias podrían dar razon los Alcaldes de rafas ,
y
re–
raías ,
y
Efcribanos de Provinci.a ante quien
paíaban~
con cuyo motivo informó uno de ellos , llamado Fer–
nando Martinez , aíeverando , que lo que havia villo
en razon de dichas raías , era, que
el
que vivía en la
caía que intentaba taíar , pedía anre
el
Alcalde de Cor–
te , Apofenrador , y Regidor , de que fe componía
el
Juzgado, fe hicieíe la taía : cuya diligencia fe praél:icaba,
~afando
a
el).a
~
acompañados con
el
Maefiro de Obras
de