?
9 6
V
rJ\eportorio uni"!Jerfal de la.
~uatro
quartos de los caudales de penas de Camara ;
y
como fe ordena en las ln!\:rucciones de Intendentes ,
y,
Corregidores de 1 3· de Oélubre de 1749. 11. de Sep–
,fiembre de 1764. 17. de Febrero de 1765.
26.
de
Abril, y 19. de Noviembre de
1766.
y Autos,
12.
''13·
y
18. tit. 11. lib. 8. de Recop. de 3· de Junio de
11725. 15.
y
19. de Diciembre de 1733. VeaCe
Auaim•
~iar
num. 145. letra A fobre fu aplicacion,
y
por quien
'debe hacerfe.
8
VAGOS. Se reputan ,
y
tienen ·por tales ,
y
por
'foCpechoCos en e!\:a Corte de Madrid
á
todos los que con
vicio frecuentan. las Botillerías , meCas de Trucos , y eft–
quinas, fegun Real Yando publicado en ella
á
16. de
Mayo de
1766.
9
VAGOS. No lo, Con , ni fe tienen por tales los
'}Ue de unos Pueblos
á
otros paCan
á
bufcar que
trabaja~,
;eomo jornaleros, Cegadores , vendimiadores,
y
otros : Ce–
gun co!\:umbre del País,
Ó
por
·h~ver
empobrecido en el
(uyo :
y
a!i i lo declaro
el
Marques de la Frefneda íiendb
Intendente de Aragon ,
y
lo
comunicó
a
todas las Juilicias
de aquel Reyno, defde Zaragoza en orden de
19.
de
Marzo de 1754.
I
o
VALDIOS. Por Reales·Decretos de 8. de Oélw–
bre de 17 38.
y
29. de Abril de
I
7 39 · fe creo la Junra de
1Valdios,
y
Arbitrios : fe extinguio por otro de Junio
'de
1
7 41. y
á
conCulra del ConCejo pleno de
1
8. de Sep–
Tiembre de
I
747· en yHl:a de RepreCentacion hecha
a
la
Real Perfona por la Diputacion del Reyno, exponiendo
los 'repetidos clamores de fus
fidelifimos Pueblos,
y
V<t–
..fallos , fe digno declarar , y mandar: .
·, .!'l.
;Lo
~rimero:
91!e
defde.lu<;go ceCafen las tranfao..
... _ .
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