mod.erna rJ?...ta!
Jurijprudmcia.
V
401
ofi.do'
ó
a
iníbncia de
los agraviados , procedieCe
contra ellos, y contra todos , y qualeCquier particu–
lares , que huvieCen dado cauCa
á
los daños padecidos,
breve , y Cumariamente , haíla dár entera Catisfaccion
á
la Juílicia ,
aplicando las condenaciones ,
y multas
'Pecuniarias
á
·beneficio de los
miCmos
Pueblos , y par...
·ticulares agraviados:
22
Lo doce, yultimo, que la Sala
CegundadeGobier~
t10
conocieCe de ellos negocios , fus incidencias, y depen·
<lencias ,dandola , como la daba S. M. todas las facultades
necefarias para proceder gu:bernarivamenre,y hacer cumplir
~uanto
ha fido Cervido mandar en eíle aCunto , removien·
do las dudas,
y
embarazos que pueden retardar fu
cxecucion , conCulcando
á
la
Real Perfona Jo que fuefe
(iigno de mayor declaracion. Todo lo qua! refulta de
la enunciada ConCulca, y Real Refolucion de
S. M.
que
fe coloco en
el
Archivo del ConCejo , y fe defpacho
·certificacíon impreCa de ella por
el
Secretario de S.
M~
Efcribano de Camara Don Mígul:l Fernandez
Mu~
pilla: En Madrid
a
18.
de Ofrubre de
1747·
z
3 V
ANDOS : Los de Gut:rra fe mandan publicar
por
el
Supremo Confejo de Guerra , quando fe
dech~
ra contra alguna Potencia,
y
en eílos ca(os las Julli–
cias para proceder , fe deben arreglar
a
las Reales
Ordenes , que por entonces fe les comunican , afsi
c:n
quanto
á
las perfonas , como en quanro
á
los generos,
y
CO!llcrcio , que fe prohiben de la Potencia enemiga.
1
Auto
14.
titulo
g .
libro
8.
de Recop. de
16.
de Julio
'de
r
70 3.
y Reales Decretos de
1
7.
de Enero , y
1
5·
'de
Junio de
1762.
con que fe public-ó la ultima con...
era Inglaterra , y Porrugal.
MARTINEZ. Tom. IV,
Ee<:;
Y-~