moderna rJ\eal
JuriJPradmci~t.
V
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teríor; con ct1yo fin fe creó la Real Junta, que hoy exiHe,
y
fe formo Inftruccion en quarenta capitulas, que ba–
vian de fervir de regla
á
los Jueces Comiíionados, que
fe emplearon para la praél:ica , que
~1afia
de prcfen–
te no ha tenido efeél:o.
3
2
UNIVERSIDADES : Sus Cathedraticos de
Le~
yes en todas las de Efpaña,
e[
pecialmenre los que obtie–
nen las Cathedras de Extraordinario, deben explicar
el
Real derecho al tiempo en
q~t~e
exponen la Inftituta de
Juiliniano , como yo le be executado en la de Alca–
lá.
Conforme efta mandado por S. M.
y
el
Supremo
ConCejo en repetidas ordenes , y efpedalmente en las
que fe expidieron en
1
5. de Noviembre de
17
41. a
confecuenda del Auto Acordado 3. tirulo
1.
libro
2.
de la Recopilacion de
29:
de Mayo de el mifmo año,
cuya obfervancia e
fui
encargada a los Reél:ores , Maef–
tre-Efculas ,
y
Claufiro de
la facultad de Leyes ,
y
Sagrados Canones. Veafe
Catbedras,
letras C.
y
Opoji.
#qru,
letra O.
3 3
, UNIVERSIDADES
de Ejiudíos.
A todas las de
., Efpaóa en el año de
1767.
fe les comunico la Refolucion
., de la Real Cedula íiguienre : Don Carlos por la gra–
" da de Dios , Rey de Caftilla , de Leon , de Ara–
" gon, de las Dos Sicilias, de Jerufalen, de Navarra,
, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de
, Mallorca , de Sevilla , de Cerdeña , de Cordova , de
, Corcega, de Murcia, de Jaen, Señor de Vizcaya,
, y de Molina, &c. Por quanto, haviendofe
denuncia~
, do al nueftro ConCejo la obra que Fray Luis Vicen–
,; re Mas de Cafavalls, del Orden de Predicadores, Ca–
" thedratico de Prima de Santo Thomas
en!~
Univer...
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