moderna rz?_ealJurifprudencia.
Z
409
<lad de Tortora , el'l el Puerto qe Vinaroz, en la Villa
de Reus , proxima al de Saló, del Principado de Cata–
luña , en el de San Seballian,
y
en la Villa de Vilbao,
y
perronas que cuiden de ellos , fin que fe les molefte,
ni lleven derechos con ningun pretexro : otro es el de
fer libres · fus generos de Puertos ,
y
Bancos en todos
los parages que perteneciefen ala Real Hacienda : eb
de
nd
pagar , ni repartirle contribucion
á
efi'a Coo:¡pa–
ñia como tal : el de gozar fus individuos el fuero de
la Real Junta de Comercio·, conociendo en primera
infrancia el Intendente General de aquel Reyno :
y
en–
tre otros muchos el de tantear las cafas , •
y
parages
que ncceíite la Compañía en la Ciudad de Zaragoza ,
y
en las demas partes que fe han referido tle aquella
Corona para Almacenes,
y·
todas las lanas ,
y
generos
que fe compraren por eftrangerós para facarlas del Rey–
no : fu primer Accionilla con 5.0\J· per9s es S. M. que
fe digno afsi dillingui:rla ; animando
a
fUS: varallos ,, pa
ra que con efte pie fe.prometieren el alivio ,
y
aumen.
to de fus interefes propios , fegun , y como mas por me–
nor lo explíca la Real Cedula de aprobacion , expedí·
'da en
27.
tde J¡.¡lio de·
1746'.
r
r
~
ZlRUJANOS. Los
delPrín~ipado
'de' Catal uña,
y los de la Ciudad de Cadiz para fu enfeñanza , prac–
tica , efrudio, examerr ,
y
exercicio , fe arreglan
a
los
efiatutos
¡
y
orde11anzas del Colegio, 'q).le fe :formaron<;
y
a.probaron por la Real perfena en Cedula .de
,1
z.
de
Junio de 1764.
3
ZlRU
J
ANOS. L os del Reyno de Aragon fe gobiernan
pol: las ordenes·que el Proto-Medico de aquel Reyno tiene
expedidás,
á
confequenl:ia de l¡¡s,del Real Proto-Medi-
MARTINEZ Tom. IV.
Fff
ca.