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'3

61.

P

fl\eport&rio rmi"Derfal de la

curador Syndico general , y que juntos con Jos otros,

concurriden con fus votos a la eleccion de di cho Perfo–

nero : Veafe

en la letra

-D.

todo

el

tratado dt Dipu–

tados.

'

36

PESOS,

y

MEDIDAS : Son diferentes las de

Callilla,

Aragot~,

Cathaluña,Valencia, y Galida: Y aunque

por

el

Supremo ConCejo de Caftitla, en

z

7.

de Agallo de

17'57·

y por la Real Junta de Comercio fe expidieron

Cedulas , para que informaren las Audiencias, Chanci–

llerías,

Uni¡.rerfidad~s

, Intendentes , Corregidores,

Y.

Ayuntamientos

¡

lproponiehdo

el

medio mal util

á

la

Caufa comun ·,

a

fin_de que en toda la Corona fean igua–

les , no fe ha confeguido aun , ni tengo noticia

de las refultas.

. •

'

r ' '

L

37

PLATA : Las all\ajal; pequeñas ,

y

grandc.J

'de"-Jefte pteciofu metal ,.. aomo

fe

puede comerciar con

ellas, íC:gun los u!rimos'

Decre~os

, fe hallara en la

pa·

labra

Alhajas

letra A. numero

45. 46.

y

47·

38

PLATEROS : Los.. de ellos Reynos deber1

arreglárfe

á

las: Jnfuucciohes, que · fe les tienen dadas

por la:.Junta Realr de Comercio ,

y

á

las Ordenanzas

de

fu Colegio doride le huviere , como en Zaragoza:

y

en Madrid ,

á

las de fu Congregacion de Sao Eloy:

No pueden comprar alhajas de Oro , Plata, ni Pedre–

r'lá

de perfonas, que no fean conocidas-:

Y

quando re–

c;:iban algunas , las han de apuntar en

el

libro , que

para efte fin deben tener en fus tiendas , con el nombre

ael

fugeto- que las llevo, y tienen obligacion de dar cuen–

ta

a la Jufricia ' fiempre que tuviefen fofpecha (obre

la

propriedad de ellas , baxo la pena de fer refponfa–

llles á

les .daños, que por

fu

culpa,

y

omiúon refu1ta-

. -,

::_.

·

-

fen