'3
61.
P
fl\eport&rio rmi"Derfal de la
curador Syndico general , y que juntos con Jos otros,
concurriden con fus votos a la eleccion de di cho Perfo–
nero : Veafe
en la letra
-D.
todo
el
tratado dt Dipu–
tados.
'
36
PESOS,
y
MEDIDAS : Son diferentes las de
Callilla,
Aragot~,
Cathaluña,Valencia, y Galida: Y aunque
por
el
Supremo ConCejo de Caftitla, en
z
7.
de Agallo de
17'57·
y por la Real Junta de Comercio fe expidieron
Cedulas , para que informaren las Audiencias, Chanci–
llerías,
Uni¡.rerfidad~s
, Intendentes , Corregidores,
Y.
Ayuntamientos
¡
lproponiehdo
el
medio mal util
á
la
Caufa comun ·,
a
fin_de que en toda la Corona fean igua–
les , no fe ha confeguido aun , ni tengo noticia
de las refultas.
. •
'
r ' '
L
37
PLATA : Las all\ajal; pequeñas ,
y
grandc.J
'de"-Jefte pteciofu metal ,.. aomo
fe
puede comerciar con
ellas, íC:gun los u!rimos'
Decre~os
, fe hallara en la
pa·
labra
Alhajas
letra A. numero
45. 46.
y
47·
38
PLATEROS : Los.. de ellos Reynos deber1
arreglárfe
á
las: Jnfuucciohes, que · fe les tienen dadas
por la:.Junta Realr de Comercio ,
y
á
las Ordenanzas
de
fu Colegio doride le huviere , como en Zaragoza:
y
en Madrid ,
á
las de fu Congregacion de Sao Eloy:
No pueden comprar alhajas de Oro , Plata, ni Pedre–
r'lá
de perfonas, que no fean conocidas-:
Y
quando re–
c;:iban algunas , las han de apuntar en
el
libro , que
para efte fin deben tener en fus tiendas , con el nombre
ael
fugeto- que las llevo, y tienen obligacion de dar cuen–
ta
a la Jufricia ' fiempre que tuviefen fofpecha (obre
la
propriedad de ellas , baxo la pena de fer refponfa–
llles á
les .daños, que por
fu
culpa,
y
omiúon refu1ta-
. -,
::_.
·
-
fen