Table of Contents Table of Contents
Previous Page  374 / 436 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 374 / 436 Next Page
Page Background

~

; S

P ·

~eportorlo

rmi'l>e1]itl

el

a

la

4

privilegio en Regtdor ln.Hvldno del

Ayuntnmlento,

fe íirvio mandar , que en las

t<~les

Pueblos ,

fin

\!ll~ep­

tuar las CJ.pirales del Reyno ,

ó

Provincia, Vi llas, o

Lugares d.>nd.e concurrie ren ell:as circunflan i ts , nom–

bre , y elija

annualm~nte

el Comun un Pro curador.

25

-PER,SONERO

del P tJ.blico.

T iene

aíi ~nto

e11

el A yuntan\iento , defpues del Syndico

(

r¡uanio

le

huviere perpetuo

)

con la

V04

para pdir , y proponer

todo lo que generalmente convenga , y fe les ofrezca

'll Comun, con merado , orden ,

y

refpera ante los Jue–

ces Ordinarios ;

y

en fu c\efcfro qua\quiera del Pueblo:

y

tiene afsinüfma el Pedhnero inrerveccion en

todos

los afros que célebre el A.yuntamiento

¡

por lo qual

no hay cafo en que deba falirfe ,

ni

dcxar fu aliento ,

haO:a la hora en que fe difuelve ,

y

fe falen todos, Juf–

ticia , Diputados ,

y

Capltula,res , f'gun con roda cla–

:ridad fe previene en el citado Capitulo

del Auto

Acor~

dado de

de Mayo de

17 66. .

Veafe verbo

Diputados,

letra

D.

num.

48.

en quanto-

a

la poUer io r deci:tl'aclon

de Huecos,

y

Parentefcos de

1

~·de

N odembrc de

1767.

z6

PERSONEROS

del Publico,

En la Real Cedu-

la de 1 5, de Noviembre de 17

67.

declara

S.

M,

por

regla general , que no fa lo quando eíl:á perpetuado el

ofi~io

de Procurador Syndico , procede hacer la eleé–

cion de Perfonew ,

lino ran,bien en el caCo de elegir–

le ,

ó

proponerle el A yuntamiento.

27

PERSONEROS

del Pt'tblico,

Aunque tienen Yaz

para pedir , pro poner , y prardl:ar

en

fus cafas , y

ha–

cer que los -Efcribanos les den los tdHmonios , dentro

de veinte

y

q uatro horas , de la que les catwiniefe en

~a

P.e¡

de

oficio,

l

!in llevarles derechos, uo tienen

vo.

to