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8
M
!J?.eportorio
tmÍ"l1eJjal
de
la
el
didu R egimiento ,
y
para hacerlo notorio , fe ex–
piJieron las Provifiones correfpondientes en veinte
y
ocho de Julio de
1619.
que
(e
cumplieron , y obfer–
varon harla que
el
Ceño¡ Rey Don Phelipe Qlinto les
rdhbleció en fu Real Cedula de
27.
de Febrero de
17 34·
dandole el proprio ti rulo de Regimiento de
0fan–
tioji)1,
el fuero, y preeminencias , que defde fu creacion
havia gozado :
I
o
I
Y
mandó , que
á
cada Caballero
[e
le defpa–
chafe Cedula, que las comprendiere todas : Por la qua!
gozan las concedidas
a
los Artilleros : las de los La–
br~dores
: las de no poder fer prefos por deudas , ni exe–
cutada fu perfona, cavallos , ni armas : Son preferidos
.por el tanto
a
otros que no fean de fu Regimiento en
arrendamientos , compras ,
y
en Jos repartimien tos que
fe hicieCen de tierras para Cembrar : fon preferidos para
los Oficios honoríficos de Republica en los Lugares de
fus vecindarios : tienen accion (donde tengan Compañia)
.de acorar firios para paíl:os de Tus cavallos : fon efenros
de Alojamientos,
y
Vagages , Ureníilios, y Paja : de
Tutelas , Bulas , Receptorias, y Theforerias, de Ma–
yordomías , Depóíiros , y de
todas cargas concegiles,
de nuevos impuefros , y donativos que fe
impuíieren :
pueden ufar de rodo genero de armas ofeníivas, y de–
fenfivas , que uCan las Tropas de Cavallcria , y gozan
el fuero Militar , como
á
aquellas
les efra concedido
por fus Ordenanzas , Auto
1.
y
2.
tit.
1.
lib.
6.
de la
Recopilacion de la fecha exprefada de
27.
de Febrero
de
1734· -
102
MONJAS. L as revelaciones fanaricas de algu–
nas que fueron dirígidas.por los Regulares, que íe lla–
ma~