moder'na ?J?..ealJurifprudencia.
M
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5
c1o en ellos : quantos hijos mvo ,
y
qua!
es
el c!hdo
de cada uno , prefentando afsimifmo las fees de Bautif–
mo de los varones menores de
1
~!.
anos ,
y
de las hijas
que no hayan tomado eí1:ado de Religion ,
Ó
cafamien–
to : L a fee de Entierro del Parroco donde fue enterra–
do el Oficial , legalizada , de Efcribano publico:
90
Advirtiendofe
á
las viudas de Oficiales , que
al tiempo de morir fus maridos
tenían menos íüeldo,
firviendo en Plaza viva , del que gozaban eíl:ando en
el Exercito ; que refpeél:o de que han de disfrutar la
penfion correfpondiente al mayor {ueldo del penultimo
empleo, deben prefentar el tirulo deefte:
9
I
Y en la inteligencia de que cafafen antes que
fali efen {us maridos del Exerciro; porque no fiendo
afsi , folo gozarán la micad del fueldo que tenían al
t iempo de fu fallecimiento , con arreglo
á
los Artícu–
los 3. (). y 7 . del cap. 4 · y art.
1.
del 5. del Reglamen–
to del Monte Pío :
9
2
Y en el concepto de que aunque por los Artí–
culos 8.
y
9·
del cap. 4· fe difpone, que en el cafo
de que el Oficial fea
yá
viudo
al
tiempo de {u falleci–
miento ,
y
dexe hijos menores legítimos ,
ó
naturales ,
les nombre el gobierno del Monre Tutor ,
y
Cura–
dor ,
íi
fu padre no los huviere dexado declarados ; man–
da S: M. que eíl:e nombramiento le haga el Juez á quien
correfponda:
9
3
Y tambien eA el cafo de que las viudas buelvan
'á
c'onrraher matrimonio , fallezcan ,
ó
entren R eligio–
ías , teniendo hijos menores, hafia que los varones cum–
plan diez
y
ocho
~ños
,
y
las hijas
tomen ellado ,
Ó
fean mayores de edad :
·
y