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Indudablémente que es de desear que el impuesto sea
igual para cada industria, si se adopta otra forma de im·
posicion que el impuesto llano i científico del capital. Pe·
ro nada mas falso que considerar que un impuesto es
igual porque lo es la tasa que fija.
En el caso de que nos ocupamos, el atribuires a igualdad
al impuesto por la igualdad de tasa, es simplemente un ab–
surdo. Porque la diferente condicionen que se encuentra la
industria que gravaria, por la diferencia de gastos de pro–
duccion, es mui notable.
Diferencia del costo de produccion.
Los salitres de Tarapacá tienen una lei media de 45 por
ciento; existen a una distancia media de la costa que no
alcanza a cuarenta millas; la cantidad de materia estraña
que los cubre es de poca importancia; tienen, por lo
jenera~,
agua abundante i de buena calidad; se hallan por tanto en
medio apropiado para su esplotacion a un costo moderado.
Al sur de esa zona, las condiciones son bien distintas.
La lei media de Tocopilla puede estimarse en 35 por
ciento; la de Antofagasta en 28 por ciento; · la de Aguas
Blancas en 35 por ciento i en cuarenta por ciento la de
Taltal. Si Tocopilla i Aguas Blancas tienen agua, Antofa–
gasta i Taltal no la tienen. La capa de materias estrañas
que cubre los salitres al sur del Loa, es en jeneral mas alta
que en Tarapacá. La distancia que recorren, que en Tara–
pacá no pasa de cuarenta millas en término medio, es de
setenta millas en el Toco, Aguas Blancas i Taltal i alcanza
a ochenta en Antofagasta.
Las salitreras que tienen que trasladar su caliche en
busca de agua para beneficiarlo, tienen que sufrir un recar–
go de gastos casi insoportable: Taltal tiene que acarrear