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LA INQUISICION DE LIMA
:ficacion alguna, vana
y
arrogante, impaciente, iracunda,
soberbia
y
codiciosa en extremo,
y
al fin relaxada
y
co–
rrespondiente en todo a sus engaños, corrido el velo de
su hipocresía.
22
11
Fallada la causa de la Carranza, resolvieron los Inquisi–
dores celebrar un auto público en la iglesia de Santo Don1in–
go, el
20
de diciembre de
1694,
para cuyo efecto se hizo la
publicacion acostumbrada el dia quince de ese mes. Pero,
11sin duda el demonio por estorbar este glorioso triunfo
de la fe, hizo que como a las dos de la mañana de ese dia,
sin sa'9erse quien ni qué personas, con poco temor de Dios
y
de sus almas, pusiesen fuego a una pieza fuerte que ser–
vía de custodia a los depósitos de plata que existían en el
Tribunal, contiguo a las cárceles secretas, sala del Tribu–
nal
y
archivos,
11
a cuyo efecto los supuestos ladrones, es–
calando la pared mas alta i provistos de los aparejos nece–
sarios, habian producido el incendio. Mas, tan pronto como
se notó lo que ocurría,
Vale~a
i sus criados trataron de
apagar el fuego, i no lográndolo, despertaron a toda la
jente del barrio i empezaron a tocar a rebato en una igle–
sia vecina, a cuyo llamado acudieron los jesuitas i frailes
de Santo Domingo, con botijas de agua i hachas de rajar
leña, i la guardia de los alabarderos con el hijo del Virei a
su cabeza. Estinguido el incendio, sin pérdida alguna de di–
nero i sin mas destrozo que el de la habitacion en que éste
se guardaba, i el de las tapas de algunos libros, luego se
fijaron edictos declarando el caso como uno de los reserva–
dos i conminando a los sabedores con las penas ordinarias
de escomunion si no se presentasen en un término dado a
denunciar a los autores de la intentona que en tanto ries–
go habia puesto a las casas del Tribunal
23
•
Llegó en ésto el dia fijado para el auto, en que la Carran–
za fué condenada a abjurar
de le1-'i
i a cinco años de recoji–
miento, con prohibicion absoluta de tratar, escribir ni ha–
blar con persona alguna acerca de revelaciones. 11La mocion
22. Carta
al Consejo de 15 de enero de 1695.
23.
Id. de Valera
de 8 de enero de 1695. Apesar de ]os edictos,
nada pudo descubrirse, i para evitar en ]o sucesivo el riesgo que corrie–
ra el dinero, se puso mas tarde en una bóveda subterránea de cal
i
pie–
dra, con puerta de fierro.
Id., id.