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CAPÍTULO

IX

175

a otros puertos del vireinato, los mas de ellos se queda..

ban al fin en el país, por lo cual proponían los Inquisido–

res que los comisarios de Panarná i Cartajena, por el mero

hecho de ser estranjeros, no les permitiesen pasar adelan–

te. En el Consejo, sin embargo, no se aprobó esta idea,

i por el contrario se ordenó que, salvo el caso en que hu–

biesen hecho alguna cosa contra la fe, o introducido libros

prohibidos, no se entrometiesen en esto.

10

Quejábanse, pues, los Inquisidores del proceder de los

obispos, que consideraban, i con razon, depresivo de su

autoridad i ministerio, mereciendo al fin que el rei se di–

rijiese nuevamente a los Prelados, restableciendo las cosas

en su verdadero terreno, i no sin advertirles de paso uque

las personas que algo supiesen de los dichos casos, cuyo

conocimiento pertenece al Santo Oficio, cumplan con irlo

a decir y denunciar ante los dichos Inquisidores, para que

ellos hagan en la causa justicia.

il 11

.

11

E agora, decían Ccrezuela

i

Ulloa al Rei, vino a la

ciudad del Cuzco por obispo 1). Sebastian de Lartaun, el

cual ha tomado este negocio como los demas y con mucho

mas cólera, porque no solo dice lo que el Arzobispo decía

que podia conocer de los negocios de Inquisicion, pero da

por instruccion a sus vicarios que en las cartas de edicto

que publicaren pongan los casos tocantes a heregía, y les

da poder para que hagan las informaciones

y

se las envíen.

Dice, asimismo, que si estuviésemos en su obispado nos

podria castigar,

y

que es así derecho,

y

que puede proce–

der y castigar a nuestro comisario

y

es su juez en cuales–

quier negocios criminales,

y

ha sentido mucho en que

tengamos en aquella ciudad comisario;

y

así ha parecido

que con cierta ocasion que tuvo de que se babia el dicho '

comisario, que se llama Pedro de Quiroga, que es canóni–

go de aquella iglesia, juntado con sus compañeros

y

revo–

eádole cierto poder que ántes le habían dado para cobrar

cierta hacienda,

y

por otras cosas que tomó por causas

bastantes, prendió el dicho Obispo, por su propia persona

e ayudado de otros, el dicho comisario, publicamente,

y

le

10.

Carta

de Jos Inquisidores de 26 de

abril

de 1579.

11.

Cédula

de 20 de enero de 1576.