174
LA INQUISICION DE LIMA
secreto hiciesen inquirir
i
procurasen saber si a sus dióce–
sis hubiesen aportado algunos de esos falsos i dañados mi–
nistros, o personas sospechosas en la fé católica, para que
pusiesen por todos caminos el remedio que convenía al
servicio de Dios i del Rei, i se les castigase conforme a
sus delitos.
Este documento que ·no había sido trasmitido a los In–
quisidores, motivó el que el Qbjspo de Quito mandase a
sus vicarios que tenia en los puertos de mar, tuviesen gran
vijilancia por si en algun navío venían estranjeros, i que
caso de llega.r alguno, se le enviase a la capital para exa–
minarlo cerca de lo que S. M. ordenaba.
8
Los Inquisidores, por su parte, no descansaban un mo–
mento en la persecucion de estranjeros. Los corsarios in–
gleses que habían aparecido en Panamá utenemos relacion
que son hereges, escribían, y hemos escrito al comisario
que haga la informacion, y conforme a ella procederemos
con algunos de ellos que están presos, por los capítulos
que fueren contra ellos. Entre otros que estos corsarios
robaron en este Mar del Sur, añadían, fué uno nuestro
comisario de Panamá, Juan Constantino, y le dejaron en
camisa, y le quitaron todo lo que tenia en una isla suya,
y dice que le quebraron el cáliz y patena y le echaron en
el mar el misal
y
el ara.
11
9
Ya veremos la suerte que co–
rrieron algunos de ellos i los que mas tarde fueron envia–
dos de Chile.
El mismo comisario denunció tambien al jeneral de la
armada del Mar del N
ort~,
Cristóbal de Erazo, que tenia
a su servicio dos o tres ingleses trompetas luteranos i un
artillero, a quienes, segun espresaba ya mas tranquilo, ha–
bia quedado aquél de entregar a la Inquisicion de Se;villa.
Co1no muchos de los estranjeros que llegaban a las éos–
tas del Perú se iban tierra adentro, se dispuso que cuan–
do alguno arribase al Callao, los maestres los presentasen
en el Tribunal para obligarlos a salir inmediatamente;
pero como de ordinario las naves en que venían partían
8.
Carta del Obispo
de
Quito a
la
Inquiswion del Perú,
fecha 15 de
marzo de 1575.
9.
Ia.
de 16 de
abril de
1578.