CAP. XVII-REOS NOTABLES
41.9
los al confesor ausente,
y
que el tal confesor le
podría absolver de sus pecados;
y
aunque un tes–
tigo dice que dijo el dicho Padre que pecaría mor–
talmente el confesor si no absolvía al tal enfermo
ausente que se confesase por cartas, dos testigos
dicen que dijo que pecaría mortalmente el enfer–
mo que no se confesase por carta, estando en ex–
trema necesidad,
y
para probar que era ésta opi–
nión probable, trajo el dicho padre de la Compañía
á Navarro
y
otros autores: esto fu é día deSun Juan
del año de
95.
El día de Santiago adelante volvió
á predicar el dicho fraile domínico, que comenzó
pot'
las conclusiones á tratar de esta materia
y
vol–
vió á ella, como está dicho,
y
escribió una carLa
al Tribunal, bien larga, en que hace relación de
todo lo susodicho. n5
En la historia del Tribunal del Santo Oficio de
Lima dejamos plenamente establecido, según lo
hemos recordado ya en el primer capítulo de este
libro, necesario complemento de aquél, que la In–
quisición era implacable cuando se trataba del
menor atentado contra sus fueros
y
los de sus mi–
nistros; como igualmente las dificultades de toda
especie que en el desempeño de sus funciones
ocasionaron siempre á las autoridades civiles
y
eclesiásticas, sin excepción de los Obispos, desde
el Inquisidor más tolerante hasta el último
cot'–
chete
y
familiar. Trataremos desde luego en este
1ugar de los procesos originados por aquel motivo,
para dedicar algunos de los capítulos siguientes á
5
Ca1·ta de J.o de rlb1·il de
1597,
diversa de la anteriormente cita–
da. En el Consejo se acordó se juntase la relación de este caso
á.
lo
sucedido con el jesuíta Juan Gerónimo.