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CAP. XVII-REOS NOTABLES

41.9

los al confesor ausente,

y

que el tal confesor le

podría absolver de sus pecados;

y

aunque un tes–

tigo dice que dijo el dicho Padre que pecaría mor–

talmente el confesor si no absolvía al tal enfermo

ausente que se confesase por cartas, dos testigos

dicen que dijo que pecaría mortalmente el enfer–

mo que no se confesase por carta, estando en ex–

trema necesidad,

y

para probar que era ésta opi–

nión probable, trajo el dicho padre de la Compañía

á Navarro

y

otros autores: esto fu é día deSun Juan

del año de

95.

El día de Santiago adelante volvió

á predicar el dicho fraile domínico, que comenzó

pot'

las conclusiones á tratar de esta materia

y

vol–

vió á ella, como está dicho,

y

escribió una carLa

al Tribunal, bien larga, en que hace relación de

todo lo susodicho. n5

En la historia del Tribunal del Santo Oficio de

Lima dejamos plenamente establecido, según lo

hemos recordado ya en el primer capítulo de este

libro, necesario complemento de aquél, que la In–

quisición era implacable cuando se trataba del

menor atentado contra sus fueros

y

los de sus mi–

nistros; como igualmente las dificultades de toda

especie que en el desempeño de sus funciones

ocasionaron siempre á las autoridades civiles

y

eclesiásticas, sin excepción de los Obispos, desde

el Inquisidor más tolerante hasta el último

cot'–

chete

y

familiar. Trataremos desde luego en este

1ugar de los procesos originados por aquel motivo,

para dedicar algunos de los capítulos siguientes á

5

Ca1·ta de J.o de rlb1·il de

1597,

diversa de la anteriormente cita–

da. En el Consejo se acordó se juntase la relación de este caso

á.

lo

sucedido con el jesuíta Juan Gerónimo.