CAP. VIII-MODO DE PROCEDER DEL SANTO OFICIO
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á
su antecesor Villarroel, en el poder que ,otorgó
con el objeto indicado, en 28 de Mayo de 1725, (que
se encuentra en la hoja 166 vuelta del protocolo de
el M. Iltmo. Venerable Deán
y
Cabildo, en Sede vacante de este
Obispado, como prelado ordinario diocesano, digo: que por cuanto le
pertenece,
c~nforme
á dere.cho, hallarse
y
tener voto en
el
Santo Ofi–
cio de la Inquisición de los reinos del Perú, en los juicios que se tra–
tan contra personas del distrito del citado Obispado, á que no se
puede hallar presente por la obligación de la asistencia en el dicho
Obispado,
y
conviene nombrar persona para ello, según que le ha
sido pedido: por tanto, que daba
y
dió su poder cumplido y todo el
que de derecho se requiere
y
es necesario á los
muy Iltmos. señores
Inquisido?"es Apostólicos del Tribunal de la Santa Inquisición de
los ?"einos del Pe1"Ú
que reside en la ciudad ele los Reyes, que al pre–
sente son
y
en adelante fueren,
simul insoliclurn,
especialmente para
que en su nombre
y
representando su propia persona, asistan á las
causas de las personas reas del dicho Obispado, que en el dicho Tri–
bunal del Santo Oficio se tratasen, en cualesquier estado que estén,
demanclctdas
y
pendientes
y
que de nuevo se comenzaren, y puedan
dar su voto
y
pare~r
en ellas, así para determinarlas y sentenciarlas
definitivamente, como en cualquier auto
ele
prisión ó
tormento
é in–
terlocutorios
y
para que puedan
sustituir
los dichos señores Inquisi–
dores ó cualquiera de ellos este dicho poder en la persona ó personas
que mejor les pareciere, que descargarán su conciencia en las dichas
causas, votando en ellas en los dichos casos lo que les pareciere con–
forme á derecho
y
les dictare su conciencia
y
letras, y para que á los
dichos sustitutos puedan revocar el dicho poder
y
nombrar otro
ú
otros por ausencia ó muerte ó por otra causa, siempre que pareciere
conveniente, quedando este dicho poder en su fuerza
y
vigor: que cuan
cumplido
y
bastante se requiere para lo dicho, ese mismo daba
y
dió á
los dichos seiiores Inquisidores
y
sustitutos, •COn todas sus incidencias
y dependencias, anexidades
y
conexidades, sin exceptuarse cosa al–
guna,
y
con libre y general administración
y
lo general en forma,
y
así lo otorgaron y firmaron, siendo presentes por testigos don Rafael
Barreda y don Alejandro Avendaño.-Dr.
Estanislao de Recabá–
?"ren.-Je?"Ónimo José de Hel"?"era.-D?". D. Ped?'O Vivar.-Dr.
José Santiago Rodríguez .-DI". Juan Pablo Fretes .-Dr. Vicente
La,r?"aÍn.-Dr. Miguel de Palacios.-Ped?'O Montt.-Ante
mí,
Nico–
lá-s de He?"rera.,
Publicado por don
B.
Vicuña Mackenna en
F'ro;ncisco Moyen,
pág 141.