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CAP. VIII-MODO DE PROCEDER DEL SANTO OFICIO

217

á

su antecesor Villarroel, en el poder que ,otorgó

con el objeto indicado, en 28 de Mayo de 1725, (que

se encuentra en la hoja 166 vuelta del protocolo de

el M. Iltmo. Venerable Deán

y

Cabildo, en Sede vacante de este

Obispado, como prelado ordinario diocesano, digo: que por cuanto le

pertenece,

c~nforme

á dere.cho, hallarse

y

tener voto en

el

Santo Ofi–

cio de la Inquisición de los reinos del Perú, en los juicios que se tra–

tan contra personas del distrito del citado Obispado, á que no se

puede hallar presente por la obligación de la asistencia en el dicho

Obispado,

y

conviene nombrar persona para ello, según que le ha

sido pedido: por tanto, que daba

y

dió su poder cumplido y todo el

que de derecho se requiere

y

es necesario á los

muy Iltmos. señores

Inquisido?"es Apostólicos del Tribunal de la Santa Inquisición de

los ?"einos del Pe1"Ú

que reside en la ciudad ele los Reyes, que al pre–

sente son

y

en adelante fueren,

simul insoliclurn,

especialmente para

que en su nombre

y

representando su propia persona, asistan á las

causas de las personas reas del dicho Obispado, que en el dicho Tri–

bunal del Santo Oficio se tratasen, en cualesquier estado que estén,

demanclctdas

y

pendientes

y

que de nuevo se comenzaren, y puedan

dar su voto

y

pare~r

en ellas, así para determinarlas y sentenciarlas

definitivamente, como en cualquier auto

ele

prisión ó

tormento

é in–

terlocutorios

y

para que puedan

sustituir

los dichos señores Inquisi–

dores ó cualquiera de ellos este dicho poder en la persona ó personas

que mejor les pareciere, que descargarán su conciencia en las dichas

causas, votando en ellas en los dichos casos lo que les pareciere con–

forme á derecho

y

les dictare su conciencia

y

letras, y para que á los

dichos sustitutos puedan revocar el dicho poder

y

nombrar otro

ú

otros por ausencia ó muerte ó por otra causa, siempre que pareciere

conveniente, quedando este dicho poder en su fuerza

y

vigor: que cuan

cumplido

y

bastante se requiere para lo dicho, ese mismo daba

y

dió á

los dichos seiiores Inquisidores

y

sustitutos, •COn todas sus incidencias

y dependencias, anexidades

y

conexidades, sin exceptuarse cosa al–

guna,

y

con libre y general administración

y

lo general en forma,

y

así lo otorgaron y firmaron, siendo presentes por testigos don Rafael

Barreda y don Alejandro Avendaño.-Dr.

Estanislao de Recabá–

?"ren.-Je?"Ónimo José de Hel"?"era.-D?". D. Ped?'O Vivar.-Dr.

José Santiago Rodríguez .-DI". Juan Pablo Fretes .-Dr. Vicente

La,r?"aÍn.-Dr. Miguel de Palacios.-Ped?'O Montt.-Ante

mí,

Nico–

lá-s de He?"rera.,

Publicado por don

B.

Vicuña Mackenna en

F'ro;ncisco Moyen,

pág 141.