CAP. IV-DE POTENCIA
Á
POTENCIA
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de San Pedro: y esto dijo el dicho Cristóbal de Mo–
lina, sochantre, y el dicho licenciado Molina dijo
que aunque} padre fray Cristóbal sea jurídicamen–
te conservador no puede prender á ningún cléri–
go, si no es por hereje, sino hacer su probanza y
con censuras y penas castigar, y quel dicho fray ·
Cristóbal ha hecho cárcel su monesterio y que.s
cosa no vista, y que hasta en España ha de avisar
dello: y questa es la verdad y lo que sabe para el
juramento que hizo, y siéndole leído este su dicho
se retiflcó en él, y dijo ser de edad de cuarenta é
cinco años, poco más ó menos, y firmólo; y más
dijo este testigo, que oyó la misa del licenciado Mo–
lina y los sermones, por la licencia que tiene el
dicho licenciado Molina del licenciado Bravo jus–
ticia mayor desta cibdad, :gara decir misa y pre–
dicar, ó confesar, ó hacer lo que bien le estuviese,
ateniéndose á su conciencia; y que sabe este testi–
go, porque el dicho teniente Hernando Bravo juntó
á los del Cabildo y les dijo: ((he sabido quellicenciado
Molina se quiere meter en la Igl esia mayor; es es–
cándalo y no lo puede hacer hasta que cumpla su
sentencia y se vea su negocio abajo, en Lima; los
que le han fiado vayan de mi parte á decirle que
se esté quedo y no haga tal, porque le prenderé
y terné en prisiones hasta que muera;)) y este testi–
go y los demás del Cabildo le respondieron no
saber tal y que ellos irían de su parte á decírselo,
y todo el Cab\}do le dijo al dicho teniente:
u
este clé–
rigo dice que no está descomulgado, y que ha de
decir misa y predicar y confesar donde quiera
que estuviere, porque en la fianza que dieron por
él no se obligaron los fiadores á que lo deje de ha-