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CAP. IV-DE POTENCIA

Á

POTENCIA

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de San Pedro: y esto dijo el dicho Cristóbal de Mo–

lina, sochantre, y el dicho licenciado Molina dijo

que aunque} padre fray Cristóbal sea jurídicamen–

te conservador no puede prender á ningún cléri–

go, si no es por hereje, sino hacer su probanza y

con censuras y penas castigar, y quel dicho fray ·

Cristóbal ha hecho cárcel su monesterio y que.s

cosa no vista, y que hasta en España ha de avisar

dello: y questa es la verdad y lo que sabe para el

juramento que hizo, y siéndole leído este su dicho

se retiflcó en él, y dijo ser de edad de cuarenta é

cinco años, poco más ó menos, y firmólo; y más

dijo este testigo, que oyó la misa del licenciado Mo–

lina y los sermones, por la licencia que tiene el

dicho licenciado Molina del licenciado Bravo jus–

ticia mayor desta cibdad, :gara decir misa y pre–

dicar, ó confesar, ó hacer lo que bien le estuviese,

ateniéndose á su conciencia; y que sabe este testi–

go, porque el dicho teniente Hernando Bravo juntó

á los del Cabildo y les dijo: ((he sabido quellicenciado

Molina se quiere meter en la Igl esia mayor; es es–

cándalo y no lo puede hacer hasta que cumpla su

sentencia y se vea su negocio abajo, en Lima; los

que le han fiado vayan de mi parte á decirle que

se esté quedo y no haga tal, porque le prenderé

y terné en prisiones hasta que muera;)) y este testi–

go y los demás del Cabildo le respondieron no

saber tal y que ellos irían de su parte á decírselo,

y todo el Cab\}do le dijo al dicho teniente:

u

este clé–

rigo dice que no está descomulgado, y que ha de

decir misa y predicar y confesar donde quiera

que estuviere, porque en la fianza que dieron por

él no se obligaron los fiadores á que lo deje de ha-