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sino enemigos del alma
y
de su salud. E stoy por la
última sentencia, como la única que debe sostenerse
-hoc unicé asserendum existimo.
Porque
si los hijos ca–
tólicos pueden acusar
á
sus padres del
crím.enele he–
regía, si procuran apartarlos de
~
fé, aun sabiendo
que los padres han de ser quemados, podrán tambien
negarles alimentos, aunque perezcan de inédia. Aña–
de Fagundez, que no solo se les puede negar alimen–
tos, si quieren apartar
á
los
h~ os
de su fé,
sü~o
que
pueden matarlos
cum moderamine inculpatae tutelae,
y
compelerlos por la fuerza á abandonar la féJ como
ene–
migos de la naturaleza humana,
cuyos derechos violan;
pero no pueden ponerlos en prision para que perez–
can de hambre." [258]
Nosotros h abríamos preguntacló en union de nues-.
tros lectores
á
E scobar y Fagundez y Dicastillo
y
cuantos pensasen como ellos: si un padre católico
quisiera reducir al catoli cismo á su hijo protestante;
¿tendría est e derecho, estaría obligado
á
negar
alim~n
tos
á
su padre en Iiecesidad grave ó estrema? ¿Quién ,
violaría los derechos de la naturaleza, quien podria
llamarse
enemigo de ella,
el padre católico ó hereje
ó
turco que se empeñase en convertir á su hijo
á
la re–
ligion del padre, ó el hij o, que
n~gira
alimento al au–
tor de sus días en neoosidad grave ó estrema? Y lue–
go ¡eso de la
moderacion de una iriculpable def ensa,
al
batirse un hijo con su padre para mat arlo! Recuerden
nuestros lectores lo que notamos otra vez:
·esp
~nt~dos los probabilistas de· su propia obra, se empeij.an
en dis1ninuirla; pero ya no es tiempo; el absurdo que–
da en toda su monstruosidad·. No pasemos en olvldo,
que quienes dij eran, que los hijos podian negaT ali–
mentos
á
los padres aunque pereciesen estos de
in~dia," decian despues, "que no
podi~n
ponerlos en pri–
sion para que pereciesen de hambr e."
367. Respecto del rejícidio no direm-os que los
paro
"dres jesuitas hayan sido inventores de la doctrin11,
~¡,.
no que supie'l'O.P .distinguirse en ella, como
~m
1aa
d~mas. Copiamos
algu~as sen te~ci as
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P. Manuel Saa-" la rebe1ion de un clérigo¡
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